Nuevas claves para entender la Ley Humanitaria
El proyecto de Ley de Apoyo Humanitario llegó a la Asamblea Nacional remitida por el Ejecutivo con el carácter de económica urgente el pasado 16 de abril de 2020. El objeto de la misma estaba enfocado, entre otros aspectos, a enfrentar "la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, a través de contribuciones únicas y temporales (…) para la implementación de planes y programas tendientes a mitigar sus efectos (…) dentro del territorio ecuatoriano".
Los 38 artículos, 5 disposiciones generales y una disposición general fueron debatidos por la Comisión del Desarrollo Económico. Tras dos debates en el Pleno de la Asamblea Nacional y la objeción parcial del presidente Lenín Moreno fue publicada en el Registro Oficial el 22 de junio de 2020.
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Educación, salud y seguridad social
Se otorgarán rebajas de hasta el 25% en los centros de desarrollo infantil, instituciones educativas particulares, fiscomisionales y municipales del Sistema Nacional de Educación y las instituciones del Sistema de Educación Superior.
De manera excepcional, el Gobierno Nacional entregará ayuda mediante compensaciones monetarias o no monetarias para cubrir parte de las pensiones a instituciones educativas de segmentos de la población más vulnerables.
En caso de que exista un incumplimiento de pago de pensiones de hasta seis meses, sin que se logre un acuerdo, el Estado preservará la continuidad en el sistema educativo, garantizando cupos en una institución del sector público.
Durante el estado de excepción, las compañías aseguradoras de medicina prepagada no podrán dar por terminadas las pólizas de seguros de salud ni los contratos de medicina prepagada, ni suspender la cobertura de estas. Los montos no pagados se prorratearán para los meses de vigencia de los contratos, sin que generen intereses de mora.
Los empleadores cuyos negocios se vieron afectados por la pandemia y que no hayan podido pagar sus obligaciones con la seguridad social (durante marzo, abril, mayo y junio de 2020), tendrán facilidades de pago sin multas ni intereses. Tampoco se generará responsabilidad patronal. Los afiliados voluntarios también accederán a facilidades de pago.
Reactivación social, emprendimiento y turismo
Las entidades del sistema financiero nacional que -entre abril y diciembre de este año- otorguen créditos de tipo comercial ordinario, productivo o microcrédito, superiores a USD 25.000 y a un plazo mínimo de 48 meses, podrán deducirse del Impuesto a la Renta el 50% del valor de los intereses recibidos por pago de estos préstamos.
Durante el estado de excepción y hasta 60 días después, entidades del sistema financiero nacional y no financiero podrán establecer acuerdos con sus clientes para reprogramar el cobro de cuotas mensuales generadas por cualquier tipo de obligación crediticia. Queda prohibido generar intereses de mora sobre el capital de los valores diferidos.
El Estado garantizará la creación de nuevos emprendimientos desde el día cero sin ningún tipo de requisitos. Para ello, los gobiernos locales deberán emitir permisos de operación provisionales por 180 días, tiempo en el que el emprendedor deberá́ regularizar su situación.
Los gastos de turismo interno se considerarán como gastos deducibles del Impuesto a la Renta de los años 2020 y 2021. Podrán beneficiarse personas naturales y quienes sobrepasan el monto de ingresos netos fijados en la Ley.
Galápagos
La conveniencia de activar los aeropuertos de las Islas Galápagos para vuelos internacionales directos, asegurando que se cumplan con todas las regulaciones y las condiciones que garanticen la sostenibilidad del ecosistema del Parque Nacional Galápagos será evaluada por el Consejo de Gobierno del Régimen Especial de Galápagos y otras instituciones del Estado. (I)