No habrá conservación de datos
La Asamblea Nacional aprobó ayer el Código Orgánico Integral Penal (COIP). La votación se realizó en cuatro partes y todas obtuvieron 101 votos afirmativos, 28 negativos y 1 abstención.
El ponente y titular de la Comisión de Justicia, Mauro Andino, presentó el texto y explicó los cambios incorporados. En cuanto a uno de los temas de mayor complejidad, la mala práctica profesional, señaló que se tomó en cuenta la demanda del sector salud, sin dejar de lado los derechos de las víctimas.
“Se sustituyó la definición de culpa propuesta en primer y segundo debate, por la elaborada conjuntamente entre el Ejecutivo y la comisión formada por el sector salud”, recalcó el legislador.
“Se revisaron los delitos de terrorismo, rebelión y sabotaje para eliminar cualquier forma de represión del ejercicio de los derechos”, insistió.
Por eso se eliminó el artículo de conservación de datos y registros, en el cual se establecía la obligación de los proveedores y distribuidores de servicios informáticos y telecomunicaciones de conservar los datos de los abonados o usuarios.
En el artículo 580 se estableció que en los casos de desaparición de personas no se podrá concluir la investigación hasta que aparezca la víctima o se cuente con los elementos necesarios para formular una imputación.
En el Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia se eliminó la reincidencia en adolescentes infractores, así como la acumulación de medidas socioeducativas.
El Ministerio de Justicia será el rector y ejecutor de la política pública relativa a los adolescentes infractores, pero será el juez quien determine el lugar de cumplimiento de la medida socioeducativa.
En cuanto al tránsito, la vicepresidenta de la Asamblea aclaró que la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) tendrá responsabilidad sobre cobertura del transporte para la zona rural. Esta entidad, en un plazo de 90 días, tendrá que asegurar el 100% de cobertura del transporte público y 90 días para revisar a las cooperativas de transporte.
Además, a fin de solucionar las audiencias fallidas, se prohíbe a los abogados patrocinadores ausentarse en las diligencias.
También se determinó la facultad de los presidentes de las cortes provinciales para integrar la sala a la que pertenecen.
Para Andino, un grupo importante de la sociedad queda en deuda con el pueblo ecuatoriano: la academia, pues no ha habido un pronunciamiento oficial de las universidades. “Que no vengan luego con las críticas y observaciones”, dijo.
Añadió que los argumentos esgrimidos por la oposición se han limitado a interpretar ciertos aspectos del procedimiento o sencillamente a criticar tipos penales vigentes. “Pocos han sido los aportes técnicos con textos alternativos”, indicó.
El COIP será remitido al Ejecutivo, que deberá pronunciarse en 30 días sobre su aprobación o veto. La normativa entrará en vigencia en 180 días a partir de su publicación en el Registro Oficial.