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El Telégrafo
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Nebot no debatirá en Concejo Cantonal posible consulta popular

Nebot no debatirá en Concejo Cantonal posible consulta popular
02 de octubre de 2014 - 13:44

El titular de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), Héctor Solórzano, se refirió hoy a la propuesta del alcalde de Guayaquil, Jaime Nebot, de realizar una consulta popular para definir la tarifa del transporte urbano. Dijo que el hecho de que el Municipio esté buscando alternativas es una muestra de que es su competencia.

"No es parte de la Agencia definir el mecanismo para solucionar el problema, lo que sí está claro es que es obligación del Municipio asumir esta competencia. Tanto es su obligación que ya anda pensando en medidas para poderla asumir correctamente. Les quiero recordar que en 2007, cuando se incorporó la metrovía ya se estableció una tarifa de $ 0,25 y en ningún momento se hizo una consulta", dijo Solórzano.

El funcionario detalló que en el caso de la ANT  no existe polémica, porque todos los municipios han asumido su competencia y solo Guayaquil tenía una confusión.

Por su parte, el alcalde Nebot emitió hoy un comunicado en el que ratifica su planteamiento. "Yo sí confío en el criterio y pronunciamiento del pueblo. Por eso, en su momento, acudiremos directamente al pueblo de Guayaquil y no al Concejo Municipal, para una Consulta Popular local", sostiene.

Es decir, añade, "no se utilizará el tercer inciso del artículo 104 de la Constitución, sino el cuarto inciso del mismo artículo, que faculta a la ciudadanía a solicitar convocatoria a consulta popular y se procederá a recoger las firmas respectivas para dar inicio al trámite vía iniciativa popular".

Reiteró que la posición del Municipio es que asumirá la competencia "cuando el Gobierno cumpla la Constitución, el (Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) y la resolución 006 del Consejo Nacional de Competencias".

Nebot subraya en su comunicado que "el pueblo no puede ser sometido -sin analizar sus necesidades y capacidad económica- a un alza de tarifas de transporte ilegal e injusta".

DATO

El artículo 104 la Constitución indica:

EI organismo electoral correspondiente convocará a consulta popular por disposición de la Presidenta o Presidente de la República, de la máxima autoridad de los gobiernos autónomos descentralizados o de la
iniciativa ciudadana.

La Presidenta o Presidente de la República dispondrá al Consejo Nacional Electoral que convoque a consulta popular sobre los asuntos que estime convenientes.

Los gobiernos autónomos descentralizados, con la decisión de las tres cuartas partes de sus integrantes, podrán solicitar la convocatoria a consulta popular sobre temas de interés para su jurisdicción.

La ciudadanía podrá solicitar la convocatoria a consulta popular sobre cualquier asunto. Cuando la consulta sea de carácter nacional, el petitorio contará con el respaldo de un número no inferior al cinco por ciento de
personas inscritas en el registro electoral; cuando sea de carácter local el respaldo será de un número no inferior al diez por ciento del correspondiente registro electoral.

Cuando la consulta sea solicitada por ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior, para asuntos de su interés y relacionados con el Estado ecuatoriano, requerirá el respaldo de un número no inferior al cinco por ciento de las personas inscritas en el registro electoral de la circunscripción especial.

Las consultas populares que soliciten los gobiernos autónomos descentralizados o la ciudadanía no podrán referirse a asuntos relativos a tributos o a la organización político administrativa del país, salvo lo dispuesto en la Constitución.

En todos los casos, se requerirá dictamen previo de la Corte Constitucional sobre la constitucionalidad de las preguntas propuestas.

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