La alternancia se decidirá en las urnas
Ecuador, en su historia republicana, tuvo 18 constituciones. De estas, tan solo una permitió la reelección indefinida (1869).
La Carta Política aprobada en 2008 en Montecristi, en su artículo 114, señalaba que las autoridades podían reelegirse por una sola vez, en forma consecutiva o no, para el mismo cargo.
Pero con la enmienda aprobada en 2015 y en medio de fuertes críticas de la oposición, se amplió la probabilidad de la postulación indefinida. Así, la Asamblea aprobó la posibilidad de reelección para todas las autoridades de elección popular.
Una vez que asumió el mandato, el presidente Lenín Moreno anunció la consulta popular. Una de las preguntas que más se discutió fue la eliminación de la reelección indefinida.
De ganar el Sí, las autoridades de elección popular podrían ser reelectas por una sola ocasión.
Uno de los anexos de la pregunta determina que las autoridades de elección popular que ya fueron reelegidas desde que entró en vigencia la Constitución de Montecristi “no podrán postularse para el mismo cargo”.
Moreno, sin mencionar al exmandatario, en varias oportunidades ha dicho que nadie puede considerarse “rey”, ni “enviado de Dios”.
Alertó que el poder es “una droga que convierte a la gente en autoritaria, confrontadora y corrupta”. Por eso justificó que esa pregunta refrescará a la democracia.
Ejecutivo apoya la pregunta
En el documento que envió a la Corte Constitucional (CC) para que analice la pregunta, el Ejecutivo sostiene que la alternancia fomenta la posibilidad de que más ciudadanos, en igualdad de condiciones, accedan a un cargo de representación popular.
Reitera que la eliminación de la reelección indefinida evita la concentración, de forma paulatina, del control de las instituciones y funciones del Estado.
Lamenta que esa figura entró en vigencia por medio de enmienda y a través de la Asamblea en diciembre de 2015, la cual no fue consultada al pueblo y eso, “limitó el derecho de participación”.
Para el legislador Patricio Donoso, quien conformó la Comisión de Enmiendas, la propuesta de reelección indefinida nació del informe a la Nación que emitió el expresidente Correa.
Para la exintegrante de esa comisión y ahora ministra de Justicia, Rosana Alvarado, era crucial que las enmiendas sean aprobadas a través de una consulta. “Es un error que hoy queremos corregir”.
Resaltó que de ganar el Sí, aparecerán nuevos cuadros de políticos que enriquecerán la democracia y promoverán la participación ciudadana.
Para Marcela Aguiñaga, quien fue miembro de la Comisión, la aprobación era competencia de la Asamblea. “Abrimos el debate en el pleno; coincidimos en que era una ampliación en cuanto a derechos de participación”.
Aguiñaga recordó que la única vía para eliminar esta enmienda era la Asamblea Constituyente. Consideró que la propuesta es retroactiva, ya que la reelección indefinida aplica -únicamente- a las autoridades electas desde 2008 en adelante.
La canciller María Fernanda Espinosa, afirmó que se busca regresar a los principios de la Constitución de Montecristi. Señaló que “las nuevas generaciones tienen el derecho de aspirar a cargos de elección popular de todo nivel y rango”.
Detalló, por ejemplo, que la refundación de PAIS es un ejemplo que evidencia la existencia de nuevos cuadros políticos. “No solamente es para los jóvenes, es para cualquier ciudadano de cualquier edad que se sienta capacitado para cumplir un cargo de elección popular”.
En tanto que el legislador y exmiembro de la Comisión de Enmiendas, Luis Fernando Torres, aunque es partidario de la pregunta dos, lamentó que no se la haya elaborado y planteado mejor.
Para Donoso (CREO), “la reelección indefinida es una acción abusiva por parte del régimen de entonces. La pregunta 2 es conveniente porque el país se verá abocado a tener una alternancia en el poder”.
Desde que se anunció la interrogante, desde otros sectores nacieron críticas de los proponentes, incluso de aquellos que en algún momento respaldaron la reelección (postulación) indefinida en el 2015.
La vicepresidenta María Alejandra Vicuña, en ese entonces asambleísta por PAIS, defendía el recurso. Aclaraba que nadie quiere eternizarse en el poder y resaltaba que el pueblo decidirá la continuidad, no solo de personas, sino de procesos políticos.
Ahora, en cambio, abandera la pregunta 2 y la consulta en general; en el caso específico, para que se elimine la enmienda y defendió su cambio de postura.
“Los políticos tenemos el derecho de cambiar de opinión cuando existen nuevos elementos que nos permitan modificar las posturas”, dijo, al señalar que eternizarse en el poder provoca que los políticos caigan en prácticas no apegadas a la ética.
Alvarado reconoció que el apoyo a la enmienda lo hizo para defender la continuidad del proceso “más allá de los nombres”.
Criterios divididos por pregunta
Xavier Aguilar, doctor en Derecho, analizó la pregunta y la consideró inconstitucional.
Para volver al espíritu de Montecristi era necesario -dijo- convocar a una Asamblea Constituyente para reformar lo que establece las preguntas 2 y 3.
Aclaró que existe un vacío jurídico y constitucional grave, pues de ganar el Sí, como es retroactiva, su aplicación implicará la restricción de derechos para participar como candidatos de elección popular.
Uno de los riesgos para este estudioso es que, a diferencia de la Constitución de Montecristi, que fue aprobada con más del 65% de votos, la consulta (pregunta 2) pueda caer en la ilegitimidad, sino supera ese porcentaje.
“Es difícil retornar al espíritu de Montecristi, siendo ya inconstitucional también se convertirá en ilegítima”, puntualizó Aguilar.
Para el analista Napoleón Saltos, la consulta pone en juego el principio básico de la alternancia. Consideró que, más que una reforma o solucionar los problemas de fondo, responde a los problemas coyunturales y marcará por fin, la transición del anterior y actual gobierno.
“Lenín Moreno lo que busca es la legitimación de su poder para alejarse de la sombra de Correa”. (I)
Venezuela usó el referendo para aprobar la reelección
Con el respaldo de 146 diputados del Partido Socialista Unido de Venezuela y el Partido Comunista, el 18 de diciembre de 2008 el país caribeño realizó la primera discusión en la Asamblea Nacional para activar el mecanismo de enmienda.
En el segundo debate del Proyecto en el parlamento, la propuesta fue apoyada por 156 diputados; mientras que otros 11 congresistas de Podemos y el Frente Popular Humanista la rechazaron.
En cambio, el 15 de febrero de 2009 se realizó el referéndum (Consulta Popular). Según el Consejo Nacional Electoral, el Sí alcanzó el 54,85% y el No el 45,14%. Con ello se aprobó la enmienda de los artículos 160, 162, 174, 192 y 230 de la Constitución, con el fin de permitir la reelección inmediata de cualquier cargo de elección popular de manera continua o indefinida.
Así, Venezuela estableció en el artículo 230 que “el período presidencial es de seis años. El Presidente o Presidenta de la República puede ser reelegido” y se añadió a todos los mandantes de elección popular. (I)
En Ecuador se discute la alternancia en el poder
La Constitución de 2008 establecía en su artículo 114 que “las autoridades de elección popular podrán reelegirse por una sola vez, consecutiva o no, para el mismo cargo”.
Con la creación de la Comisión de Enmiendas constitucionales, en diciembre del 2015, la Asamblea Nacional reformó dicho artículo. Allí se determinó que “las autoridades de elección popular podrán postularse para reelegirse”.
Asimismo, la Asamblea de Montecristi determinó que en el artículo 144 “la Presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez”. En 2015, la Comisión fue reformando y se estableció que el Presidente permanecerá cuatro años en sus funciones y podrá ser reelecto.
Esa enmienda permitía al expresidente Rafael Correa postularse para las elecciones de febrero del 2017, sin embargo, Alianza PAIS oficializó la candidatura de Lenín Moreno.
El ahora Presidente ha criticado, en varias ocasiones, los cambios de 2015 y planteó la Consulta para que se deroguen, volviendo a los orígenes de Montecristi. (I)
Honduras tiene primer presidente reelecto
A pesar de que el artículo 239 de la Constitución de Honduras establece que el ciudadano que haya desempeñado la titularidad del Poder Ejecutivo no podrá ser presidente o vicepresidente de la República, el Mandatario Juan Orlando Hernández ganó las elecciones populares para un nuevo cargo, en noviembre del año pasado.
Sin embargo, esto va en contra de lo que establece la Carta Magna de ese país, que determina que quien quebrante el artículo 239 será cesado de inmediato en el desempeño de sus respectivos cargos y quedará inhabilitado por 10 años para el ejercicio de toda función pública.
Aunque la prohibición de reelección se mantuvo desde 1982, Hernández revivió dicha posibilidad en 2016, tras polémicos cambios a la Constitución, que modificó el artículo 239. Así, Juan Orlando Hernández se convirtió en el primer presidente en la historia hondureña reelegido para un segundo período.
Hace casi seis años, el expresidente Manuel Zelaya propuso eliminar la norma, sin embargo eso generó un golpe de Estado. (I)
Evo Morales apunta a su cuarto Mandato
En Bolivia, Evo Morales, al asumir el poder en 2006, lo primero que hizo fue proponer una Asamblea Constituyente, para elaborar la nueva Carta Magna que estableció que tanto el Presidente como las demás autoridades de elección popular solo podrían reelegirse una sola vez para el mismo cargo.
Con la elaboración de la nueva Constitución boliviana, el sindicalista, activista y dirigente indígena aymara, inició desde cero su período 2009-2014 (cinco años).
Su segundo y supuestamente último mandato debía finalizar en 2020. Sin embargo, sus seguidores apelaron al artículo 23 de la Convención Americana de los Derechos Humanos y propusieron al Mandatario Morales candidatizarse otra vez.
Así, el 30 de noviembre de 2017 el Tribunal Constitucional avaló la posibilidad para que Morales se postule en las elecciones de 2019 en busca de un cuarto mandato consecutivo. De ganar en las urnas, Morales gobernará hasta el año 2025.
Con el dictamen del Tribunal Constitucional, en este marco, varios artículos de la Constitución boliviana deberían ser declarados inaplicables y otros, como la Ley Electoral se eliminaría para permitir al Presidente Boliviano su reelección. (I)