"El Gobierno ha tenido cero tolerancia a la corrupción"
El Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal (COIP) para sancionar la corrupción en procesos de contratación pública en emergencias plantea tipificar como delito la elusión en los procesos de contratación pública.
Al respecto, la secretaria Jurídica de la Presidencia, Johana Pesántez, explica los alcances de la normativa que envió el Ejecutivo a la Asamblea Nacional.
¿Cómo se originó este proyecto de Ley?
Justamente porque hemos visto que hay casos de corrupción que, como bien lo ha dicho la Organización de las Naciones Unidas, limita el desarrollo de las naciones y el pleno ejercicio a los derechos.
(Por eso) se requiere una normativa administrativa y penal que fortalezca el control en la contratación pública para garantizar la transparencia y sancionar la corrupción.
Es importante decir que desde que asumió el presidente Lenín Moreno, el Gobierno ha tenido cero tolerancia a la corrupción y, dentro de este marco se envió este proyecto de ley, que no es el primero, justamente para tener herramientas y mecanismos para luchar contra la corrupción, fortalecer controles y endurecer las sanciones en casos de corrupción en las compras públicas dadas durante la emergencia.
Esta normativa tipifica un nuevo delito, el de elusión...
Sí, se crea el delito de elusión de procedimientos precontractuales y contractuales en emergencia, sancionando la arbitrariedad en todo lo que son contrataciones que se desarrollen en una situación de emergencia y busca sancionar este aprovechamiento de fondos públicos en beneficio de terceros en procesos de contratación pública.
Cuáles son esas sanciones?
Queremos sancionar el mal uso de las declaratorias de emergencia, el sobreprecio en bienes y servicios, la compra de bienes no necesarios para atender y superar la emergencia y todo lo que puede ser una obstrucción de controles gubernamentales en los procesos de contratación pública en emergencia.
Esto, desde un punto de vista general, busca aplicar penas privativas de libertad que puedan ir hasta 25 años, penas pecuniarias respecto al valor de la contratación arbitraria y que conlleve una inhabilitación para ejercer cargos públicos y la inhabilitación para contratar con el Estado.
¿Qué busca el Gobierno con esta normativa?
Fortalecer la Ley del Sistema Nacional de Contratación Pública, es decir, esto no es solo un tema de presentación de un nuevo delito, sino que, como consecuencia de la aplicación del delito, busquemos fortalecer la norma, incluyendo figuras que actualmente no existen en ella, como la corrupción en la contratación pública, el tema de la vinculación, buscar mejores controles en contratación pública en emergencia e incluso suspensiones de los procesos en caso de que se detecte vinculación dentro de esas contrataciones.
¿Es la primera vez que la elusión se aplicaría en el país?
En muchos países, el tema de las elusiones ha sido un poco más desarrollada. Lo que conocemos nosotros son las elusiones fiscales.
En legislaciones más avanzadas, sobre todo, las europeas, encontramos que sí hay ciertas normativas que nos llevan a sancionar estas elusiones y generar mayores controles dentro de los procedimientos administrativos, que son aquellos que se derivan eventualmente en el cometimiento de un ilícito y, dentro de esto, las sanciones tendrán mucho que ver con el monto que tratamos y que se verá reflejado en la sanción, por ejemplo, empezamos desde $ 10.000 que serán de seis meses a un año, y llegamos a contrataciones mayores de $ 250.000, en donde la pena privativa podría ir de 20 a 25 años.
¿Este proyecto de ley contó con la asesoría de juristas?
Como Presidencia hemos propuesto esto. Hemos revisado y conversado con varios juristas, pero, sobre todo, revisado aquello que existe dentro de las legislaciones vigentes para que sea enriquecido con estas experiencias que nos permitan tener un mayor sustento dentro de este espacio.
Y precisamente dentro de estas buenas prácticas internacionales hemos visto la necesidad de que se establezca una medida cautelar especial para estos delitos, que deberá ser solicitado por la Fiscalía General para llegar a suspender las contrataciones que estén en curso, en cualquiera de las fases, así como la suspensión de los pagos que estén en trámite.
¿Qué otros cambios propone esta normativa?
Proponemos reformas a la Ley Orgánica del Sistema de Contratación Pública, en la que se incorporen ciertas definiciones que son necesarias aclararlas en la contratación pública, como son la colusión en contratación pública, la discrecionalidad de la contratación pública, el tema de las vinculaciones más allá de parentesco de consanguinidad o afinidad, así como la posibilidad de que exista algún nexo que sea de carácter tecnológico, económico, societario, de negocios, asociativo, laboral, personal y social que pueda dar ciertas ventajas o beneficios a algunas personas. (I)