Fernando Alvarado: "Siempre dijimos la verdad"
Fernando Alvarado, extitular de la Secretaría Nacional de Comunicación (Secom), se refirió este martes a las experiencias en el área comunicacional en el gobierno de la Revolución Ciudadana y al punto de ruptura marcado en esta etapa de 10 años.
“Ubicamos a los medios como actores políticos y de oposición a la visión del Gobierno de la Revolución Ciudadana. Ese fue un punto de ruptura”, afirmó en una charla académica en la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales.
Expuso que con ese propósito se iniciaron programas y espacios para desmentir afirmaciones de los medios y nunca tuvieron un juicio porque “siempre dijimos la verdad”.
“Convicción y lealtad fueron las claves para conformar los equipos que fueron parte del sistema de comunicación de la Revolución Ciudadana”, precisó.
Indicó que el presidente Rafael Correa se convirtió en sí mismo en un gran producto comunicacional “por sus experiencias personales, formación e imagen”.
Se refirió también a la estrategia comunicacional durante la intentona golpista del 30 de septiembre de 2010, en que abrieron una cadena nacional ininterrumpida e indefinida. “Las imágenes fueron exclusivamente en defensa de la democracia”, aseguró.
A ello se añade que en esta etapa del gobierno de la Revolución Ciudadana también fue creado el Consejo de Regulación y Desarrollo de la Información y la Comunicación (Cordicom) y la Superintendencia de la Comunicación y la Información (Supercom).
Además de la aprobación de la Ley Orgánica de Comunicación, un mandato ciudadano para que exista una norma que regule los contenidos de los medios. También se estableció una redistribución del espacio radioeléctrico en partes iguales para el sector estatal, privado y el comunitario, entre otros avances.
En estos momentos existe un debate en Ecuador sobre la pertinencia de establecer algunas reformas a dicha legislación.
Recientemente se introdujo en la Asamblea Nacional un proyecto para regular las acciones que los proveedores de servicios de internet adopten para tratar el contenido o la información que puedan constituir actos de discriminación o de odio, con base al Código Orgánico Integral Penal. (I)