Las enmiendas frenan al órgano de participación
Las enmiendas a la Constitución y la consulta popular sobre el Consejo de Participación Ciudadana no se contraponen. Son dos caminos distintos para solucionar los problemas que se han presentado en ese organismo.
El Legislativo tiene 15 enmiendas a 15 artículos de la Constitución que se refieren a ese tema. Estas fueron propuestas por la expresidenta de la Asamblea de Alianza PAIS, Elizabeth Cabezas, en marzo de 2019.
Con el proyecto de las enmiendas, que está apoyado por seis bloques legislativos y algunos independientes, se elimina la potestad del Consejo para designar a las 44 autoridades de control como: Consejo de la Judicatura, Fiscal General del Estado, Contralor General del Estado, Procurador General del Estado, superintendentes, Defensor Público, Defensor del Pueblo, Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral.
Según Cabezas, el camino trazado por ella y firmado por 56 legisladores es menos complejo que el de la consulta popular. “La consulta puede tener dificultades para ser ganada. Necesita un fuerte liderazgo, una vocería y es complejo entender. El proyecto de ley para las enmiendas sigue su proceso y si gana la consulta queda ahí. Pero si se pierde la consulta se bloquea la facultad del Consejo para designar a las autoridades de control”, explicó a este Diario.
¿Por qué? El Consejo fue cooptado por una sola organización política que designó a esas autoridades. Entre ellos se incluye al máximo órgano de control constitucional que es la Corte Constitucional, dice el proyecto.
Coincide con Cabezas, Fernando Burbano, integrante del Bloque Acción democrática (BADI). La Asamblea introduce los mecanismos, la transparencia, la veeduría e impugnación ciudadana en esas designaciones. “Los cambios evitan acuerdos políticos o de mayoría parlamentaria y todas las designaciones a esas autoridades estarán bajo el escrutinio público”, subrayó.
El proyecto de la Asamblea es claro y tajante: los postulantes y las autoridades designadas se acerquen hacia el ejemplo de ética, probidad e integridad al que aspiran los ciudadanos.
“No es lo mismo que designen siete consejeros a 137 legisladores. En Montecristi nos equivocamos al permitir que el Consejo de Participación nombre a las autoridades de control. Ese diseño resultó perverso”, señaló Burbano.
Para la designación al Consejo de la Judicatura, la propuesta de la Asamblea mantiene las ternas que serán remitidas por la Corte Nacional de Justicia, la Fiscalía, el Defensor Público, el Presidente de la República y la Función de Transparencia y Control Social. En esos casos también garantizan la veeduría e impugnación ciudadana.
En cambio, para nombrar al Defensor Público, Defensor del Pueblo, Fiscal, Contralor, Consejo Nacional Electoral y Tribunal Contencioso Electoral, la Asamblea deja el mecanismo de postulación ciudadana. Pero establece un concurso de méritos y oposición con veeduría e impugnación ciudadana y encarga a una comisión técnica que revise los candidatos.
También mantiene el proceso de designación de los integrantes de la Corte Constitucional, a través de concurso público de méritos y oposición con veeduría e impugnación ciudadana, a través de una comisión calificadora con varios delegados de cada una de las funciones del Estado y de la academia.
Para Encarnación Duchi, miembro del Bloque de Integración Nacional (BIN), las enmiendas son el mejor camino para eliminar la función de designación a las autoridades de control que tiene el Consejo.
“No cumplió con los objetivos de elegir a los mejores y fue un foco de corrupción. La Asamblea garantizará un proceso diferente y seleccionará a los candidatos que cumplan con todos los requisitos”, manifestó. (I)