Presidencia demandará inconstitucionalidad a la publicación en el Registro Oficial de la ley de lavado de activos
“El Ejecutivo envió oportunamente una objeción parcial por inconstitucionalidad con fecha 25 de julio de 2024, presentada dentro del plazo establecido en el artículo 63 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa,” se mencionó en un comunicado de Presidencia publicado este lunes, 29 de julio de 2024.
Además se enfatizó que el proyecto de ley fue recibido el 25 de junio, por lo que argumentar lo contrario atenta contra la buena fe, racionalidad y la confianza legítima.
Según la Asamblea Nacional, al no existir objeción presidencial dentro del plazo establecido, la ley fue aprobada sin los cambios propuestos por Presidencia. El Legislativo explicó que la ley fue remitida al Ejecutivo el 24 de junio y debía pronunciarse un mes después.
El 26 de junio, el mandatario Daniel Noboa envío el veto parcial a la ley por inconstitucionalidad en el artículo 20, que establece que la máxima autoridad de la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) sea elegida por la Asamblea de una terna enviada por el Presidente de la República, para un periodo de dos años con opción a ser reelegido por dos años más. También vetó una disposición general relacionada con los requisitos para la designación del director de la UAFE.
Funciones de la UAFE
Se trata de una entidad autónoma que se encarga de trabajar en la erradicación del lavado de activos y el financiamiento de delitos.
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