Jubilación por discapacidad o invalidez: ¿cuáles son las diferencias?
En Ecuador, las personas pueden acceder a la jubilación por discapacidad o por invalidez. Se puede lograr solo si se cumplen con los requisitos descritos por el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).
Requisitos para la jubilación por discapacidad
-Debe cumplir con un mínimo de 300 aportaciones, sin límite de edad, en el caso de discapacidad física.
-Debe cumplir con un mínimo de 240 aportaciones, sin límite de edad, en el caso de discapacidad intelectual.
-Cumplir con la edad y el tiempo de servicio requerido y el 30 % discapacidad (carnet de discapacidad)
-Estar cesante con todos los empleadores y registrar el aviso de salida
-No estar en mora con el IESS, como empleador
-Los aportes del mes que cesó deben estar pagados antes del 15 del siguiente mes
-Cuenta bancaria activa y personal, registrada en el Sistema de Historia Laboral
¿Cómo puedo realizar el proceso?
El afiliado/a deberá solicitar su jubilación a través de la página web del IESS, en la sección TRÁMITES VIRTUALES-ASEGURADOS-PENSIONISTA-JUBILACIÓN DISCAPACIDAD, digitando el número de cédula de ciudadanía y su clave del IESS.
La aprobación de la solicitud es en dos minutos, y el depósito se realizará de manera automática en la cuenta bancaria registrada, en aproximadamente 15 días.
Requisitos para la jubilación por invalidez
-Cumplir con el tiempo de cotización mínimo en el Seguro General, según sea el caso para afiliado activo o cesante
-Estar cancelados los aportes
-No estar en mora con el IESS, como empleador (de ser el caso)
-No tener generado un aviso de accidente o de enfermedad profesional en riesgos del trabajo por la misma contingencia.
-No tener generada una solicitud de jubilación (vejez o discapacidad).
-Cuenta bancaria activa y personal, registrada en el Sistema de Historia Laboral
No serán considerados, en las siguientes condiciones:
-Se encuentra bajo los efectos de sustancias alcohólicas, psicotrópicas o de cualquier otro tóxico.
-Si intencionalmente el afiliado, por su cuenta o valiéndose de otra persona, ocasiona la incapacidad.
-Intento de suicidio.
-Delito intencional del que fuere responsable el asegurado, según sentencia judicial ejecutoriada.
-Cuando no cumple con los criterios de inclusión para la calificación de la incapacidad para laborar o invalidez, establecidos en el Reglamento.
Aquí puedes revisar los establecimientos de salud autorizados para ejecutar la calificación por invalidez.
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— El Telégrafo Ecuador (@el_telegrafo) August 26, 2024