El Seguro de Desempleo protege a los afiliados dependientes
Si un afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) queda cesante de su trabajo por causas ajenas a su voluntad puede acceder al seguro de desempleo.
El fondo económico para solventar el seguro de desempleo se alimenta del 0.5% del aporte de los afiliados en relación de dependencia. En la actualidad, dicho fondo es solvente y cuenta con la capacidad necesaria para afrontar una alta demanda.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al seguro de desempleo?
Para acceder a esta prestación, el afiliado debe tener 24 aportaciones al IESS, de las cuales, las 6 últimas deben ser consecutivas y estar 60 días cesante y contar con el aviso de salida registrado por el empleador.
¿Cómo es el trámite para acceder al seguro de desempleo?
La solicitud de esta prestación se realiza a través de la página web www.iess.gob.ec, sección Trámites Virtuales / Afiliado, donde elige la opción Seguro de Desempleo. Puede aplicar a partir del día 61 de estar cesante y, hasta 45 días posteriores.
En el sitio web hay una calculadora que le permite al afiliado conocer un aproximado del que sería su Seguro de Desempleo. Ingrese el monto de su salario promedio de los últimos doce meses y el saldo en la cuenta de cesantía, con estos datos podrá ver una cifra referencial del Seguro de Desempleo.
¿Quiénes no pueden acceder al Seguro de Desempleo?
No acceden a esta prestación los afiliados que renuncien voluntariamente, se acojan al desahucio, licencias o por jubilación, así como los trabajadores no remunerados del hogar, afiliados del Seguro Social Campesino, voluntarios e independientes.
¿Durante cuánto tiempo se puede acceder al Seguro de Desempleo?
Desde el IESS se detalla que el Seguro de Desempleo se acredita durante cinco meses y puede quedar suspendido en el momento en el que el afiliado vuelva a trabajar en relación de dependencia o retome actividades productivas.