Ecuador: Dudas sobre el pago del decimotercer sueldo o bono de Navidad
El pago de la decimotercera remuneración (conocida como bono navideño) está próximo a recibirse. Este es un beneficio contemplado en el Código de Trabajo y forma parte de los beneficios que tienen los trabajadores con relación de dependencia.
Pero, qué dudas se pueden barajar sobre este pago:
- ¿Cómo se hace el cálculo?
El dinero para recibir es el resultado de lo ganado por el trabajador en el año (contando desde el 01 de diciembre hasta el 30 de noviembre) dividido para doce.
- ¿Cuándo debe cancelarse?
Los empleadores están obligados a cancelar este monto hasta el 24 de diciembre de cada año, en caso de que el trabajador solicite recibirla en un solo pago acumulado. Sin embargo, si el trabajador pidió el rubro de manera mensual no lo recibirá acumulado, pues ya fue cobrado en cada mes.
- ¿Qué pasa si lleva menos de un año en el puesto de trabajo?
Si un trabajador no ha cumplido un año en la prestación de sus servicios, recibirá el proporcional de la decimotercera remuneración. De igual modo, si un trabajador es desvinculado de su trabajo debe recibir el proporcional del beneficio.
- ¿Es necesario reportar el pago al Ministerio de Trabajo?
Sí, una vez cancelada la obligación laboral, el empleador debe realizar el registro del formulario en línea en la página web del Ministerio de Trabajo, de acuerdo al cronograma publicado, con el noveno dígito del RUC.
- ¿Qué pasa si no se recibe el décimo?
Si el trabajador no recibe su decimotercero, el empleador puede ser sancionado por el Ministerio de Trabajo.