Comisión de la Asamblea insiste en la no desconexión digital como acoso laboral
La Comisión de Derecho al Trabajo de la Asamblea Nacional aprobó su informe sobre el veto parcial del Ejecutivo a la Ley de Acoso Laboral. Esa mesa legislativa decidió recomendar al Pleno la ratificación en lo relacionado con la desconexión digital.
Este 15 de abril de 2024, la Comisión aprobó el documento con nueve votos a favor. Al final, planteó la ratificación en los artículos 1, 2, 3, 4, 6 y 7 respecto al veto parcial del Ejecutiva.
El presidente de la República, Daniel Noboa, había objetado lo relacionado con la desconexión digital. Lo aprobado por la Asamblea consideraba como acoso laboral el desacato al tiempo de descanso, permisos y vacaciones, así como de su intimidad personal y familiar.
El asambleísta @FA_Cevallos mociona la aprobación del informe no vinculante referente a la Objeción Parcial del Presidente de la República, al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para la Erradicación de la Violencia y el Acoso en todas las Modalidades de Trabajo…
— Asamblea Nacional (@AsambleaEcuador) April 15, 2024
Para el Ejecutivo, dicha desconexión digital desvirtúa el concepto de acoso laboral porque la desconexión digital está ligada exclusivamente a los contratos de teletrabajo. También argumentó que no todo contacto durante la desconexión digital, tiempo de descanso, permisos y vacación puede entenderse como tal.
Asimismo, en la Comisión se decidió el allanarse a cinco objeciones del Ejecutivo. Se trata de los reparos 8, 9, 10 y 11. Uno de ellos tiene que ver con la separación de funcionarios del jerárquico superior acusados. Noboa planteó en el veto que, mientras no se pruebe el acto, se atentaría en contra de la presunción de inocencia.
Hay que recordar que, el Pleno requiere de 92 votos para ratificarse en los que aprobó el Legislativo. Para allanarse; es decir, dar paso a las objeciones del Ejecutivo, solamente necesita 70 votos.