Bienes ilícitos pasarán a manos del Estado en menos tiempo
El proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, enviada por el Ejecutivo para viabilizar el cumplimiento del mandato de los ecuatorianos en la pregunta 6 de la Consulta Popular, plantea optimizar el tiempo para ejecutar este proceso.
En este paquete de reformas, el presidente Daniel Noboa establece que las fases pre judiciales del procedimiento para la extinción de dominio patrimonial se simplificarán cuando tengan relación con los delitos de concusión, cohecho, peculado, enriquecimiento ilícito, lavado de activos, producción, comercialización o tráfico ilícito de sustancias catalogadas sujetas a fiscalización, tráfico o trata de personas, terrorismo o su financiamiento, asesinato, sicariato, secuestro extorsivo, tráfico de armas, actividad ilícita de recursos mineros y delincuencia organizada.
En estos casos, según este proyecto de Ley, no se necesitará la declaración de sentencia penal condenatoria para iniciar la investigación y la fase jurisdiccional de extinción de dominio.
En cuanto a plazos, el Ejecutivo propone que la fase preliminar de indagación y verificación de bienes tendrá una duración máxima de 30 días. Mientras tanto, la fase de investigación patrimonial se realizará dentro del plazo de tres meses, contados a partir de la culminación de la fase patrimonial de indagación y verificación de bienes. Estos plazos aplicarán únicamente para los casos en que los bienes ya se encuentren incautados.
Actualmente, la Ley Orgánica de Extinción de Dominio señala que la investigación patrimonial se realizará en un plazo de 12 meses, contados a partir de que Fiscalía tiene conocimiento sobre la existencia de un presunto bien o bienes de origen ilícito a injustificado.
La Asamblea Nacional tendrá 60 días para tramitar y aprobar este proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio, enviada por el Ejecutivo.