Comisión plantea unificar los cinco proyectos de Ley de la Consulta Popular
Los cinco proyectos de Ley, remitidos por el Ejecutivo para viabilizar las reformas aprobadas en la Consulta Popular, fueron unificados para su tratamiento en la Asamblea Nacional, informó en la noche del 29 de mayo de 2024 el Legislativo a través de un comunicado.
El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Kronfle, deberá informar a la Comisión que tramita estas reformas -a través de la Coordinación General de Asesoría Jurídica- si esta decisión es viable.
La Comisión Ocasional multipartidista tomó esta medida tras tratar las resoluciones de calificación de los cinco proyectos de Ley remitidos por el presidente de la República, Daniel Noboa. De esta manera, los legisladores tratarán en un solo proyecto de Ley reformatoria los cambio planteados para el Código Orgánico Integral Penal (COIP) y para la Ley Orgánica de Extinción de Dominio.
Esta decisión, según la Asamblea, se respalda en el artículo 58.1 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa, relacionado con la Unificación de proyectos de ley.
La moción fue presentada por la legisladora Lucía Posso (Avanza). Argumentó que “es oportuno unificar” los proyectos de ley, relacionados con la Consulta Popular y Referéndum del 21 de abril de 2024.
Además, los asambleístas requirieron al titular de la Asamblea los plazos para la aprobación del informe del primer y segundo debate, incluyendo el plazo de socialización de las iniciativas. Una vez que reciban esta respuesta, la Comisión tiene previsto aprobar el cronograma de trabajo.
Según la moción aprobada el 21 de mayo de 2024, esta Comisión tiene 45 días para tramitar y aprobar las reformas relacionadas con la Consulta Popular del 21 de abril de 2024.
¿Qué plantean los proyectos de Ley reformatorias?
Las cuatro propuestas legales de reforma al COIP se refieren al incremento de penas de los delitos; que las personas privadas de la libertad cumplan la totalidad de sus penas dentro de los centros de rehabilitación social en determinados delitos; tipificación del delito de tenencia o porte de armas, municiones o componentes que son de uso privativo de las Fuerzas Armadas o la Policía Nacional; y, el destino de las armas utilizadas en ilícitos.
Mientras tanto, la reforma a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio establece que, para iniciar la investigación de extinción de dominio, no se necesitará una declaración de sentencia penal condenatoria, entre otros planteamientos.
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