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Corte europea condena a Madrid por no investigar correctamente denuncias de maltrato

Corte europea condena a Madrid por no investigar correctamente denuncias de maltrato
05 de mayo de 2015 - 10:49 - Agencia AFP

La Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH) condenó el martes a España por no haber investigado como correspondía las denuncias de maltrato de un presunto miembro del movimiento radical vasco Ekin, Jon Patxi Arratibel Garciandia.

La Corte considera que se llevó a cabo una investigación "a fondo y efectiva" de las denuncias de malos tratos durante su detención realizadas por Arratibel. Por lo tanto, la Corte afirma en su fallo que hubo violación del artículo 3 del Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, el cual prohíbe la tortura y "las penas o tratamientos inhumanos o degradantes".

En un comunicado, los jueces de Estrasburgo recuerdan que en "enero de 2011, Arratibel Garciandia fue detenido en su domicilio por agentes de la guardia civil en el marco de una investigación sobre un presunto delito de afiliación a la organización EKIN, una integrante del grupo terrorista ETA".

Durante su detención en Pamplona (Navarra, norte), Arratibel "fue interrogado en varias oportunidades y afirma haber recibido amenazas e insultos".

Arratibel también afirma "que se lo ató a una silla y se lo sometió a seis o siete sesiones de asfixia con una bolsa de plástico" y "dice haber recibido golpes en los testículos", entre otros malos tratos.

En marzo de 2011, presentó una denuncia, afirmando haber sido objeto de "malos tratos" durante su detención, prosigue la Corte.

En febrero de 2012, un juez de instrucción de Pamplona estimó, según la Corte, que no había "indicios que demostraran que los malos tratos denunciados habían tenido lugar de verdad".

Tras dos apelaciones rechazadas, la segunda por el Tribunal Constitucional español, Arratibel Garciandia, fue liberado bajo fianza en julio de 2012.

Arratibel recurrió a la Corte Europea el 6 de septiembre de 2013, por considerar que "no había habido una investigación efectiva de las jurisdicciones internas sobre su denuncia por malos tratos que habría sufrido durante su detención".

Por último, considerando que hubo "ausencia de investigación a fondo y efectiva" sobre la denuncia de malos tratos durante la detención de Arratibel, "la Corte estima que hubo violación del aspecto sumarial del artículo 3 del Convenio". (I)

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