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El Telégrafo
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En argentina se inició la nueva tendencia en políticas de medios, vigentes en 6 países de américa latina

Leyes de comunicación promueven la desconcentración de medios (Infografía)

Leyes de comunicación promueven la desconcentración de medios (Infografía)
04 de enero de 2015 - 00:00 - Redacción Medios

El maestro londinense James Curran lanza un dardo en el blanco, cuando sugiere en su libro ‘Repensar la comunicación de masas’ que el enfoque funcionalista liberal se basa generalmente en la falsa suposición de que los medios de difusión son organismos independientes y socialmente imparciales en la sociedad. Las 6 leyes de comunicación que se han aprobado en América Latina, desde 2009 -tendencia que se inicia con el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner- hasta finales de 2014 -con la ley que aprobó el senado de Uruguay- y que se circunscriben al criterio de Curran, tienen varios aspectos en común.    

Tanto en Argentina, como Venezuela, Bolivia, Ecuador, México y Uruguay, las legislaciones que han entrado a regir en torno a la regulación de medios de comunicación han puesto en debate la calidad de los contenidos. En torno a este tema las leyes plantean una regulación de contenidos según programación-oferta, que en países como Ecuador, también implica clasificación de contenidos según tipos de públicos.

La ley mexicana y la ecuatoriana, por ejemplo, incluyen articulados que garantizan el derecho de las audiencias, entre los que está recibir contenidos que respeten los derechos humanos y en los que se distinga entre programación y publicidad, así como entre información y opinión. Para ello, la normatividad, en el caso de México obliga a que todos los concesionarios de radio y televisión elaboren códigos de ética apegados a los criterios que defina el IFT. Este principio se garantiza, al igual que en Ecuador, a través de la figura de los defensores de audiencia, labor que recae sobre “una persona responsable de recibir y atender las quejas de televidentes o radioescuchas”.

Los contenidos están asociados a sus productores, es así que uno de los aspectos que priorizan las leyes es la desconcentración de sujetos vinculados al manejo de los medios de comunicación. En ese sentido, las legislaciones de los 6  países incluyen una división de los actores de manejo de la comunicación en medios públicos, privados y comunitarios con énfasis en la conformación democrática de los medios públicos y el fortalecimiento de los medios comunitarios.

Con la ley de Argentina, por ejemplo, se crea la Radio Televisión Argentina como empresa pública encargada de los servicios de comunicación audiovisual del Estado. A esto se agrega que el Estado nacional, las provincias, la ciudad autónoma de Buenos Aires y los municipios tendrán frecuencias asignadas y que las universidades podrán tener emisoras sin restricciones ni obligación de ser sociedades comerciales.

En México, la ley crea el Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, que deberá coordinarse con los medios públicos federales existentes y tramitar más concesiones, con el propósito de difundir “información imparcial, objetiva, oportuna y veraz”. Esta división de medios también se incluye en la legislación venezolana, ecuatoriana y   uruguaya. Una forma de reforzar este principio son los articulados que incluyen las leyes de Bolivia y Ecuador. Estos prevén la democratización de las frecuencias del espectro radioeléctrico para creación de medios de radio y televisión.   

La Ley General de Telecomunicaciones, Tecnologías de Información y Comunicación, que rige en Bolivia, inició esta tendencia. En su articulado establece que las frecuencias de radiodifusión se dividen así: un 33% para el Estado, otro 33% para el ámbito comercial, 17% para el sector social comunitario y el 17 restante para los pueblos indígenas originarios y campesinos. Esto tiene como antecedente que más del 90% de las licencias de funcionamiento en el espectro electromagnético que existían en el país pertenecían a medios privados.

En Ecuador rige una división similar, con el 33% para medios públicos, 33% para privados y 34% para medios comunitarios.

En Venezuela, en cambio este proceso está en manos de la Comisión de Programación de Televisión, la cual establece los mecanismos y las condiciones de asignación de los espacios a los productores nacionales independientes, con el fin de garantizar la democratización del espectro radioeléctrico.

Según apunta Roberto Gargarella, en un artículo de la Revista Argentina de Teoría Jurídica, uno de los aspectos que prioriza en este sentido la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos, para llevar a cabo los procesos de asignación y regulación de licencia, es que dichos procesos queden orientados por un órgano técnico, independiente del gobierno, y con capacidad de mantenerse autónomo frente a las presiones políticas de coyuntura.

La tendencia se repite en Brasil,  en el segundo mandato de Dilma Rousseff. Uno de los primeros cambios que ha realizado la presidenta en su gabinete para empezar el año es el nombramiento de Ricardo Berzoini como nuevo ministro de comunicaciones, quien se desempeñaba como ministro de Relaciones Institucionales. Berzoini pone en discusión sus primeros planes: promover el debate por una ley de regulación económica sobre los medios de comunicación, que se direccionará en el tema de concesiones públicas.  

Otro de los puntos que refuerzan las leyes de comunicación vigentes es la producción nacional. Desde la ley argentina, boliviana, uruguaya, venezolana, mexicana -donde plantean un incentivo- o ecuatoriana se promueve una cuota de pantalla a los productos nacionales. En Argentina el mínimo es del 70% y un 30% en el caso de la música. Esta cuota mínima de producción audiovisual se repite en Venezuela, Ecuador y Uruguay, donde el mínimo de producción nacional que deberán emitir las estaciones de televisión es del 60%, mientras que las radios deben incluir un 30%en Uruguay y un 50% en Ecuador.

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