Judiciales sentenciados saldrán de la institución
Los funcionarios judiciales que tengan una sentencia penal por contravención o delitos contra la mujer o miembros del núcleo familiar, no podrán desempeñar ningún cargo en la Función Judicial.
Esta es una de las propuestas que contiene el proyecto de Ley de Reformas al Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), cuyo informe para primer debate en el pleno de la Asamblea fue aprobado por la comisión legislativa de Justicia, informó su integrante, Lira Villalba.
El documento de 20 páginas aprobado con 7 votos a favor y 2 abstenciones de los 9 legisladores presentes, acoge la propuesta del Consejo de la Judicatura (CJ) y de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) sobre los funcionarios judiciales y, además, apoya porque concuerda con la Ley Orgánica Integral Para Prevenir y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres.
Respecto a la propuesta del CJ de reemplazar las prácticas preprofesionales de los egresados de las facultades de Derecho, por la denominación patrocinio legal gratuito, la Comisión hizo reparos en su informe.
La iniciativa dice que los graduados patrocinarán gratuitamente causas por un año, algunos asambleístas argumentan que esto va contra el Art. 326 de la Constitución que establece que nadie podrá ser obligado a realizar un trabajo sin recibir a cambio una remuneración. El pleno de la Asamblea debatirá.
En cuanto a la propuesta del asambleísta Esteban Bernal, de reformar el Art. 15 del COFJ y reemplazar la negligencia por error judicial, los comisionados consideran que son figuras jurídicas diferentes, la una no suple a la otra, además limitaría las atribuciones del CJ.
Asimismo, el defensor público Ernesto Pazmiño sugiere eliminar la figura de error inexcusable, lo cual no tiene mayor apoyo porque no recoge las disposiciones previstas en el Art. 178 de la Constitución, confirmó el comisionado Henry Cucalón.
La iniciativa del exlegislador Miguel Moreta, de que se reforme el art. 198 del COFJ, para establecer el mismo procedimiento de elección que se aplica para el presidente de la CNJ, según el presidente subrogante, sí fue acogida.
Los comisionados consideran una propuesta viable al ser concordante con el art. 182 de la Constitución. Actualmente el presidente de la CNJ se elige con la mayoría de votos de los 21 jueces integrantes, mientras que el subrogante es el mejor puntuado y no es elegido. (I)