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El Telégrafo
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Tribunal notificó sentencia contra exagentes de la Senain

Los exagentes Raúl Chicaiza (i) y Diana Falcón durante una audiencia.
Los exagentes Raúl Chicaiza (i) y Diana Falcón durante una audiencia.
Foto: Archivo / EL TELÉGRAFO
11 de abril de 2019 - 13:03 - Redacción Quito

El Tribunal Penal de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) notificó este jueves 11 de abril de 2019 la sentencia en contra de los exagentes de la Secretaría Nacional de Inteligencia (Senain), que fueron señalados como autores del plagio en contra el exasambleísta, Fernando Balda.

Según consta en las causas de la página web del Consejo de la Judicatura, el Tribunal declaró culpables a Raúl Chicaiza y Diana Falcón en calidad de autores de plagio.

Los jueces Miguel Jurado, Sylvia Sánchez y Édgar Flores, emitieron la sentencia el 15 de marzo último, basado en los artículos 188 y 189 numerales 1 y 4 del Código Penal, vigente al momento en el que se cometió el delito.

La sentencia detalló que se impuso una pena de 9 años de reclusión menor ordinaria. No obstante, en razón al acuerdo de cooperación eficaz al que llegaron con la Fiscalía y los procesados, se aplicó una reducción del 80% de la pena.

"Sobre la base de este cálculo la sanción definitiva que se impone a los señores Luis Raúl Chicaiza Fuentes y Diana Jessica Falcón Querido es de 1 año 9 meses y 22 días de reclusión menor ordinaria, pena que deberán cumplirla en los Centros de Rehabilitación Social", detalla el dictamen.

El exlegislador Fernando Balda presentó una denuncia en la cual señaló que fue víctima de plagio en Bogotá (Colombia) en 2012 por parte de los exagentes de la Senain. Estos fueron detenidos el 19 de marzo de 2018 e inmediatamente se les formuló cargos por el delito de asociación ilícita y plagio. Actualmente ya han cumplido un año detenidos.

Falcón y Chicaiza son dos de las cuatro personas señaladas dentro del caso de plagio. El tercer procesado es el expresidente Rafael C. y el cuarto es el exsecretario de Inteligencia (Senain) Pablo R., quienes fueron también llamados a juicio en este caso, pero por estar prófugos la etapa de juzgamiento está suspendida.

Las normas establecen que el plagio, al ser un delito que prescribe, no puede ser juzgado en ausencia. (I)

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