Corte de pichincha no dio paso a apelación
Más de 34 años de reclusión a violador y asesino de menor
La Corte Provincial de Justicia de Pichincha ratificó la sentencia de 34 años, seis meses y 20 días de reclusión mayor especial, dictada en contra de Carlos P., autor de la violación y muerte de un menor de 14 años de edad.
El procesado presentó el recurso de apelación a la sentencia, pero en la audiencia la Fiscalía mostró las pruebas testimoniales, sicológicas y documentales, por lo que la Corte Provincial de Justicia de Pichincha lo rechazó.
El 17 de agosto del 2014, en Tambillo, parroquia ubicada en el cantón Mejía, el adolescente salió temprano de su casa, como todos los días, para vender caramelos en los buses Cutuglagua-Tambillo.
Según el testimonio de un primo de la víctima, el adolescente estuvo en la noche de ese 17 de agosto junto a Carlos P.
En otro testimonio, un joven que vendía caramelos en el mismo sector donde trabajaba la víctima, aseguró que Carlos P. acostumbraba a ofrecerles dinero a los adolescentes a cambio de favores sexuales.
El sector de ‘Los Rieles’ era el lugar donde Carlos P., según la declaración del testigo de la Fiscalía, citaba a los adolescentes para el acto sexual a cambio del dinero ofrecido.
Precisamente, en ese sector fue hallado el cadáver del muchacho de 14 años el 20 de agosto de 2014, con signos de violencia sexual extrema.
El informe de la autopsia médico-legal determinó que la hora de muerte de la víctima fue las 01:00 del 18 de agosto, es decir, cuatro horas después de que fue visto junto a Carlos P.
El testimonio de la psicóloga Rosa Gualoto, quien realizó la valoración psicológica y analizó los rasgos de personalidad del sentenciado, manifestó que Carlos P. tiene un trastorno antisocial-histriónico, es decir, es una persona que aparenta ser bondadosa y se aproxima a la víctima con engaños.
El 17 de julio del 2015 fue sentenciado Carlos P. como autor del asesinato del adolescente. La resolución fue emitida por el Tribunal Tercero de Garantías Penales de Pichincha.
En este caso la pena aumentó un tercio porque presenta agravantes del artículo 47, numeral 7, que es ejecutar el delito con ensañamiento en contra de la víctima y del 11 que es cometer la infracción en perjuicio de niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, mujeres embarazadas o personas con discapacidad.
El sentenciado Carlos P. también deberá cancelar una indemnización de $ 10.000 a la familia de la víctima, según lo dispuso el tribunal penal. (I)