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Leyes sancionan el odio y sus consecuencias

Leyes sancionan el odio  y sus consecuencias
29 de octubre de 2013 - 00:00

El Tribunal Undécimo de Garantías Penales de Guayas declaró culpable al religioso evangélico Eduardo Mora León, por el delito de odio al liderar una marcha por el centro de Guayaquil en la que incitaba el desprecio a las creencias católicas.

Fue la suma de varias de estas manifestaciones las que obligaron a las autoridades a tomar procedimiento, ya que Mora hizo público su rechazo a las creencias católicas poniendo énfasis en la idolatría, pues según él nadie puede poner su fe ni en la cruz ni en otros símbolos cristianos.

La primera ocurrió el 29 de marzo de este año, durante la procesión de Viernes Santo del Cristo del Consuelo, cuando Mora y su seguidores levantaron pancartas ofensivas al Vaticano.

El 5 de abril lideró una segunda caminata por la avenida 9 de Octubre, durante la cual destruyó estampas, arrancó la figura de Jesucristo de una cruz y pisoteó una carátula que hacía referencia a Jesucristo, todo esto mientras se dirigía un tumulto a la iglesia San Francisco, donde acusó a los fieles de adorar falsos profetas.

Con estos antecedentes Mora León fue detenido el 22 de mayo mientras una vez más alteraba el orden público. Posteriormente fue procesado por el delito por el que hoy fue condenado, tipificado en el artículo 212 del Código Penal, que estipula que “será sancionado con prisión de seis meses a tres años el que públicamente o mediante cualquier medio apto para su difusión pública incitare al odio, al desprecio, o a cualquier forma de violencia moral o física contra una o más personas en razón del color de su piel, su raza, sexo, religión, origen nacional o étnico, orientación sexual o identidad sexual, edad, estado civil o discapacidad”.

Pero este no es el único proceso en su contra, pues el Tribunal Noveno (Unidad de Flagrancias) lo encontró responsable del mismo delito y lo sentenció a un año de prisión, por otra de las protestas que abanderó en los alrededores del malecón Simón Bolívar.

A esto se añadiría la resolución que haga pública en los próximos días el Tribunal Undécimo de Garantías Penales de Guayas, pues las leyes locales estipulan la sumatoria de condenas de prisión.

Derechos de libertad

La Constitución de Ecuador, en su artículo 66, numeral 8, respalda “el derecho a practicar, conservar, cambiar, profesar en público o en privado, su religión o sus creencias, y difundirlas individual o colectivamente, con las restricciones que impone el respeto a los derechos. El Estado protegerá la práctica religiosa voluntaria, así como la expresión de quienes no profesan religión alguna, y favorecerá un ambiente de pluralidad y tolerancia”.

El comportamiento de Mora León vulneró estos derechos según las consideraciones de las autoridades. El Código Penal vigente estipula sanciones para quienes atenten moral o físicamente contra las personas en razón del color de su piel, raza, sexo, etnia, orientación sexual, edad, estado civil o discapacidad.

En el caso del delito de odio, el Código manifiesta que si durante las acciones “resultare herida alguna persona, los autores serán sancionados con prisión de dos a cinco años. Si dichos actos de violencia produjeren la muerte de una persona, sus autores serán sancionados con reclusión de doce a dieciséis años”.

Para el sociólogo Dalton Espín, catedrático de la Universidad de Guayaquil, antes de llegar a lo punitivo se debería llamar al diálogo para resolver las diferencias, no obstante si el odio persiste deben tomarse medidas para evitar que este se convierta en un crimen. “Hay libre albedrío, es decir, se da libertad al individuo para un comportamiento, pero esa libertad está condicionada por una norma escrita y el individuo es sancionado cuando rompe las reglas”, dijo.

El también académico de la Universidad de Guayaquil, Ernesto Quevedo Mora, expresó que incitar al odio (en términos generales) tiene un trasfondo psiquiátrico (problema mental) pues hay quienes no toleran que las personas tengan diferente pensamiento y pierden la noción del respeto.

Quevedo Mora opinó que sí es bueno que se sancionen actos que inciten al rechazo de otros. “La sociedad entra a regular esos comportamientos para poner un alto y evitar una onda expansiva, de lo contrario la espiral de violencia aumentaría”.

Finalmente enfatizó que para prevenir sucesos similares se debe fomentar la tolerancia en las personas desde que tienen uso de razón.

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