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El Telégrafo
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Director de la "Peni" fue removido tras muerte de 6 reos

El mediodía del jueves 30 de mayo se registraron desmanes en la cárcel de Guayaquil. Como resultado hubo 6 fallecidos.
El mediodía del jueves 30 de mayo se registraron desmanes en la cárcel de Guayaquil. Como resultado hubo 6 fallecidos.
Foto: William Orellana | et
30 de mayo de 2019 - 19:08 - Redacción Web

Debido a los hechos de violencia registrados el mediodía del jueves 30 mayo en la Penitenciaría del Litoral, que tuvieron como resultado 6 personas fallecidas, el Gobierno Nacional removió de su cargo al director del centro carcelario, Alfredo Muñoz. En su lugar, fue nombrado Héctor Reyna Vivar.

En los distubios, uno de los internos murió incinerado y los otros 5 baleados, indicó Muñoz previo a su destitución.  Tres de los fallecidos eran internos colaboradores de mínima peligrosidad y que se cruzaron en el problema.

Corte Constitucional resuelve estado de excepción en las cárceles 
En relación a la situación en los centros de reclusión, tras una sesión extraordinaria, el pleno de la Corte Constitucional resolvió emitir dictamen favorable de constitucionalidad a la Declaratoria de Estado de Excepción al sistema carcelario del país.

El organismo consideró procedentes las medidas dispuestas en el Decreto Ejecutivo Nº 741, de 16 de mayo de 2019, en cuanto a la movilización de la Fuerza Pública, requisiciones y limitación de los derechos de inviolabilidad de correspondencia y libertad de reunión y asociación.

Subrayó que la limitación de estos derechos deberá ser necesaria, proporcional y adecuada a los fines del Estado de Excepción.

La Corte estimó como innecesaria la suspensión del derecho a la libertad de información ordenada por dicho Decreto Ejecutivo, dado que los medios de comunicación juegan un rol importante y han contribuido al conocimiento público de la situación carcelaria en el país.

Además, se dispuso a la Defensoría del Pueblo, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, dé seguimiento a la implementación de las medidas dispuestas en el Estado de Excepción, en los términos del Dictamen. (I)

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