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2.113 sentenciados con procedimiento directo en Guayas

La Judicatura auditó los casos de procedimiento directo en las unidades de flagrancia de la provincia de Guayas.
La Judicatura auditó los casos de procedimiento directo en las unidades de flagrancia de la provincia de Guayas.
Foto: William Orellana / et
30 de noviembre de 2017 - 00:00 - Redacción Justicia

Con el procedimiento directo, 2.113 detenidos fueron sentenciados por diferentes delitos de enero a septiembre de este año, según la auditoría efectuada por el Consejo de la Judicatura en las unidades de Flagrancia en la provincia de Guayas.

El Código Orgánico Integral Penal (COIP) determina en su artículo 640 el procedimiento directo que procede en delitos calificados como flagrantes, ‘sancionados  con una pena máxima de cinco años de privación de la libertad y los delitos contra la propiedad, cuyo monto no exceda los 30 salarios básicos unificados’. Por ejemplo el robo de un celular.

Esta nueva vía procesal surge con la vigencia del Código Orgánico Integral Penal  en 2014, explicó el vocal del Consejo de la Judicatura, Néstor Arbito, quien se refirió a la auditoría de casos tramitados con el procedimiento directo.

“Una vez calificada la flagrancia el juez instalará la audiencia de juicio directo en un plazo de 10 días y en un promedio de 20 días se dictará la sentencia”.

Si la sentencia es condenatoria se entrega el celular a la denunciante, si es declarado inocente, recupera su libertad, indicó.

En un análisis de los datos de Guayas, enero a septiembre de 2017 han manejado 3.092 casos de procedimiento directo, esta tendencia se registra a nivel nacional. “Cuando analizamos la información, observamos que en el 67,8% (2.113) de los casos ha existido sentencia condenatoria, en el 32,1% (975) hubo la ratificación de la inocencia del procesado”.

400 casos en análisis

Arbito explicó que del total de 3.099 seleccionaron 404 casos para conocer si se cumplieron las variables o tipos procesales como requisitos del artículo 640 del COIP, ejecución de medidas cautelares, despacho de pruebas, ejecución de audiencia dentro de las 24 horas, resolución en audiencia, entre otras. “De esas causas, en 240 hubo una declaración de inocencia, de ello el, 65% se refería a personas que no tenían antecedentes penales, el 35% sí registraba historial delictivo”.

Abuso de la prisión preventiva

En cuanto al abuso de la prisión preventiva, Arbito dijo que en los 404 casos auditados, solo en 215 el juez  dispuso la prisión preventiva, de las 244 solicitadas por la Fiscalía. Eso significa que “no es cierto que hay un abuso de este tipo de prisión, pero tampoco que no se estén ejecutando de manera efectiva las medidas cautelares”.

También consideró que “en las unidades de Flagrancia se cumple con los tiempos procesales estipulados por la ley. Las audiencias son agendadas y realizadas dentro de los 25 días que estipula la normativa. La aplicación de este proceso le genera al Estado, desde agosto de 2014 hasta la fecha, un ahorro de  $ 250 millones”.

Procedimiento abreviado

El Consejo de la Judicatura y el sector Justicia han planteado como reforma que el procedimiento abreviado no sea aplicable en aquellos delitos que son sancionados hasta con 10 años de privación de la libertad, sino que se rebaje hasta los cinco años de prisión, dijo Arbito, quien estuvo acompañado de la Fiscalía, Policía, Justicia y Ministerio del Interior. (I)

Avance

La Caducidad de la prisión
La Judicatura en su análisis de medidas cautelares concluyó que en 2008 hubo 2.061 casos de caducidad de la prisión preventiva, lo cual ha cambiado en 2017,  0.01%. El robo de un celular quedaba postergado y  era causal de caducidad.

→4 caducidades de la prisión preventiva se registraron durante este año en  Guayas.

10 reglas rigen medida
El artículo 541 del COIP que refiere a la caducidad de la prisión preventiva, se rige con 10 reglas para su aplicación.

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