Especial coronavirus
Los sentenciados por corrupción deben cumplir la condena completa
Todas las personas que hayan sido sentenciadas por delitos de corrupción y otros considerados graves, ya no podrán acogerse al beneficio de la prelibertad o regímenes especiales para reducir sus penas. Tendrán que cumplir la sentencia completa en la cárcel.
Esto lo determinan las reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP) que entraron en vigencia el pasado domingo 21 de junio y que rigen a escala nacional.
De esto ya tenemos pleno conocimiento todos los que estamos vinculados al sistema judicial y debemos cumplirlo, dijo el penalista José Ignacio Bungacho.
Son 19 tipos de delitos, los que se toman en cuenta para la aplicación de la normativa, entre ellos se encuentran los de corrupción, como cohecho, peculado, concusión, enriquecimiento ilícito, entre otros.
El COIP vigente desde el 2014 estableció el “régimen semiabierto” de rehabilitación social para permitir que una persona salga de la cárcel, por buena conducta, tras cumplir al menos el 60% de la sentencia; es lo que se conoce como “prelibertad” (esta figura existía en el Código Penal anterior).
En el régimen semiabierto, los presos pueden cumplir el resto de la condena fuera de la cárcel, pero con grillete y medidas sustitutivas. Esto ya no aplica para los delitos graves y preocupa a los funcionarios públicos, especialmente del anterior Gobierno que están siendo procesados por haber cometido actos delictivos, dijo la jurista Matilde de Gómez.
Se aplicará en el caso Sobornos
De confirmarse una sentencia en firme, los 20 procesados por el caso Sobornos serán afectados por esta normativa, ya que ellos han sido sentenciados en primera instancia, por el delito de cohecho, y este delito es parte de los 19 que se acogen a la normativa.
El pasado 7 de abril, el Tribunal de Juicio integrado por los jueces nacionales Iván León, Marco Rodríguez e Iván Saquicela emitieron sentencia contra 20 personas, a 18 de ellas a ocho años de cárcel.
Como autores mediatos del delito de cohecho agravado fueron condenados el expresidente Rafael C. y el exvicepresidente Jorge G. Como coautores al exsecretario Jurídico de la Presidencia Alexis M., a los exministros del Gobierno anterior Vinicio A., María de los Ángeles D. y Walter S., a la asambleísta de la Revolución Ciudadana Viviana B., al exlegislador Christian V., exmilitante de Alianza PAIS, y a la exasesora presidencial Pamela M.
Por ser autores directos a los empresarios Víctor F., Leonardo C., Bolívar S., Édgar S., Ramiro G., Alberto H., Teodoro C., Pedro V., Mateo Ch. y William Ph.
Por su cooperación eficaz la exasistente de Presidencia, Laura T. y la exasesora presidencial Pamela M. recibieron la pena reducida en el 40%. Todos tendrán que cumplir la condena completa cuando la sentencia esté en firme, para lo cual se evacua el recurso de apelación y es probable que los condenados apliquen el recurso de casación, que es el último que les queda en el ámbito judicial.
Fiscal pide desechar apelaciones
Este miércoles 1 de julio de 2020, en el cuarto día de audiencia de apelación a la sentencia del caso Sobornos, la fiscal general Diana Salazar, presentó sus fundamentos técnicos para replicar las apelaciones presentadas por cada uno de los apelantes.
Pidió al Tribunal, deseche los pedidos de nulidad y se ratifique la sentencia. Hasta la noche de este miércoles 1 de julio la audiencia continuaba.
Candidatura de Rafael C. se complica
A dos meses y medio de que inicien las inscripciones de candidatos a las dignidades que serán electas en los comicios generales de febrero próximo, el expresidente Rafael C., anticipó estar listo para postularse como candidato a la Vicepresidencia.
En términos legales, podría candidatizarse a esta dignidad, pero para ello tendría que regresar al país para inscribirse. Sin embargo, por la prisión preventiva que pesa en su contra por el secuestro a Fernando Balda y por el caso Sobornos, sería arrestado, recuerda el penalista Pablo Encalada.
A esto se suma que en el caso Sobornos hay una sentencia en primera instancia contra el exmandatario por el delito de cohecho agravado, con una pena de ocho años de prisión.
Al momento esta condena no impide que pueda candidatizarse. El impedimento rige a partir de la que la sentencia entre en firme o sea ejecutoriada. Para eso se tiene que resolver las apelaciones presentadas, hecho que se daría la próxima semana.
Luego de ello los sentenciados podrían acudir a la última instancia judicial, que es el recurso de casación, que a criterio de la jurista Matilde de Gómez, se evacuaría hasta mediados o fines de agosto.
Solo con el fallo de casación, entraría en firme la sentencia y de darse en estos plazos, Rafael C. no podría ser candidato. (I)