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Ecuador, 26 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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La Asamblea discute la protección a dignatarios

Al momento la seguridad de las autoridades está a cargo de militares y policías vestidos de civiles.
Al momento la seguridad de las autoridades está a cargo de militares y policías vestidos de civiles.
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La creación del Servicio Civil de Protección a las autoridades consta en la propuesta de Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público que se tramita en la Asamblea Nacional. Se trata de un grupo especializado en protección de mandatarios y funcionarios.

Las autoridades gozan de seguridad personal por su nivel de riesgo y de exposición a la que se enfrentan durante el desempeño de su función. Así lo afirmó el viceministro del Interior, Diego Fuentes.

Consideró que el cuerpo civil debe cumplir ciertos requisitos, para desempeñar adecuadamente esta tarea que al momento es encomendada a la Policía y Fuerzas Armadas. “No se trata de grupos armados civiles, sino profesionales especializados en brindar seguridad a las autoridades”, dijo Fuentes. El objetivo es desconcentrar a ambas entidades, porque la protección de funcionarios no les compete.

“Nosotros formamos policías con licenciaturas en Seguridad Ciudadana para disuadir el delito, pero se dispersa esta misión, cuando un número importante de policías se dedica a cuidar a personas. Estamos perdiendo personal altamente calificado en estas tareas”, afirmó el viceministro.

César Navas, ministro coordinador de Seguridad, manifestó que si bien hay que adaptar el rol de las FF.AA. a la nueva institucionalidad del Estado, en la Constitución no se determina que deben encargarse de la seguridad de las máximas autoridades del país.

En el artículo 158 de la Carta Magna se establece que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional son instituciones que protegen los derechos, libertades y garantías de los ciudadanos. “Las FF.AA. tienen como misión fundamental la defensa de la soberanía e integridad territorial y, complementariamente, apoyan en la seguridad integral del Estado de conformidad con la ley”, aclaró Navas.

Pedro Solines, ministro del Interior, precisó que en la Constitución se determina que la protección interna y mantenimiento del orden público son funciones privativas del Estado y es responsabilidad de la Policía Nacional.

La seguridad de las máximas autoridades debe estar a cargo de una entidad pública, especializada, jerarquizada, civil, armada, dependiente del Ministerio del Interior, creada con el propósito de brindar una cobertura de seguridad integral a los sujetos y objetos de protección establecidos en esta ley, dijo Solines.

Decreto regula este servicio

El Decreto Ejecutivo N° 418, expedido por el presidente Rafael Correa, señala las atribuciones del Servicio de Protección Policial, entre ellas “proporcionar protección y seguridad al Presidente y Vicepresidente de la República, Secretario de la Administración Pública y sus familiares, dentro y fuera del país”.

El personal militar, policial y civil que cumpla este servicio permanecerá en esas funciones por lo menos durante un período de gobierno.

El presidente Correa señaló que el Código trata de mejorar el servicio de protección de las altas autoridades. Citó como ejemplo que la protección presidencial la brindan las FF.AA. y en algunas ocasiones equipos mixtos con la Policía, “pero nuestros valientes soldados no están preparados para eso, porque se rompe con su formación”.

Explicó que los militares tienen que salir de sus funciones fundamentales, viajan con el Presidente, cuando están preparados para otras funciones, como enfrentar enemigos, pero no para tratar con ciudadanos. “Muchas veces tenemos  quejas del maltrato de la seguridad presidencial y hay grandes exageraciones, pero podríamos argumentar que no es su formación”.

Este servicio civil estaría preparado para tratar con los ciudadanos y en caso de emergencia, como evacuar al Presidente, Vicepresidente y sus familiares, con lo cual se sigue el modelo norteamericano, el del Servicio Secreto.

En otro países la protección también incluye a expresidentes. Por ejemplo, en EE.UU.,  los exmandatarios reciben protección del servicio secreto de por vida.

En Argentina también los exjefes de Estado tienen protección de las fuerzas de seguridad y una pensión vitalicia de $ 11.000. Sus familiares también son beneficiados de la custodia.

Los expresidentes de Brasil, hayan culminado o no su mandato, tienen derecho, de por vida, a ocho empleados pagados por el Estado: cuatro agentes de seguridad, dos choferes con autos oficiales (combustible libre incluido) y dos asesores. 

Colombia estableció que todo expresidente tenga derecho a seguridad vitalicia, además de un salario.

Datos

- La Comisión de Seguridad Integral se reúne hoy, desde las 08:30, para aprobar el informe para segundo debate del Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana.         

- El documento aprobado por la comisión se presentará a la titular del Legislativo, Gabriela Rivadeneira, quien ordenará por Secretaría de la Asamblea la distribución del informe a las y los asambleístas.    

- El segundo debate se desarrollará en una sola sesión, previa convocatoria de la Presidenta. Durante el debate, la ponente podrá incorporar cambios al proyecto de ley que sean sugeridos en el pleno. (I)

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