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Ecuador fija tabla para el porte y consumo de drogas

Ecuador fija tabla para el porte y consumo de drogas
17 de junio de 2013 - 00:00

Mediante resolución, el Consejo Directivo del Consejo Nacional de Control de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas (Consep) acogió el informe del Ministerio de Salud Pública (MSP) que establece  la tabla de cantidades máximas admisibles para la tenencia y consumo de drogas de una persona en Ecuador.

Así consta en el documento firmado el 21 de mayo pasado por el procurador general, Diego García, quien preside el  Consejo Directivo del Consep, y el secretario ejecutivo del organismo, Rodrigo Vélez.

La resolución acoge el análisis técnico de toxicidad, estudios sicológicos, biológicos y otros sobre tenencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para consumo, y la propuesta de cantidades máximas admisibles de tenencia para el consumo personal, elaborado y planteado por el MSP. (ver facsímil ampliado)

En ese sentido, fija que cada consumidor, sin incurrir en ningún delito, puede portar la  cantidad de alguna de las siguientes drogas:  10 gramos de marihuana, 2 gramos de pasta base de cocaína, 1 gramo de clorhidrato de cocaína, 0,1 gramos de heroína, 0.015 de MDA-N.etil-a meta-3.4-metilendioxifenetilamina, 0.015 de MDMA-N-a-dimetil-3.4-metilendioxifenetilamina (éxtasis) y 0.040 de anfetaminas.

La resolución con la tabla respectiva incluye que el siguiente paso es poner, inmediatamente, en conocimiento de la Función Judicial el estudio del MSP, a fin de dotar de elementos de análisis y guiar su accionar para el cumplimiento de la norma constitucional de no criminalización del consumo.

En ese sentido, el artículo 364 de la Constitución ecuatoriana de 2008 estipula: “Las adicciones son un problema de salud pública. Al Estado le corresponderá desarrollar programas coordinados de información, prevención y control del consumo de alcohol, tabaco y sustancias estupefacientes y psicotrópicas; así como ofrecer tratamiento y rehabilitación a los consumidores ocasionales, habituales y problemáticos”. Y va más allá al señalar en el segundo inciso: “En ningún caso se permitirá su criminalización ni se vulnerarán sus derechos humanos”.

Felipe Ogaz, fundador y directivo de la Organización Diabluma, recordó que ellos participaron en la inclusión en la Constitución del artículo 364, que descriminaliza a nivel declarativo el consumo de drogas, pero dice que para lograr una despenalización efectiva se requería  que la posesión de pequeñas cantidades y otros delitos no sean susceptibles de generar detenciones.

Consideró que esto no solo ayudará a bajar el hacinamiento en las cárceles, sino que impulsaría otras formas de seguridad ciudadana.

En la página web http://es.wikipedia.org se explica: “La descriminalización de las drogas aboga por una reducción del control y las multas respecto a la situación legal actual. Sus proponentes apoyan el uso de multas y otros castigos que reemplacen a la prisión y siempre que los usuarios no reciban un fichaje penal como resultado. Un tema central de la descriminalización de las drogas es la reducción del daño”.

Añade que la descriminalización es, en cierto modo, “una medida intermedia entre la prohibición y la legalización, y ha sido criticada también como la peor de las opciones al mantener la venta ilegal y, por  tanto, perpetuando los problemas asociados a la clandestinidad de la distribución y producción de drogas”.

En el caso de Ecuador, el consumo de droga ya estaba descriminalizado en la Constitución, pero faltaba fijar la tabla que complemente aquello, lo cual se lo hizo el 21 de mayo pasado. Sin embargo, para que la aplicación sea obligatoria para los jueces   se requiere incorporarlo en el proyecto de nuevo Código Orgánico Integral Penal (COIP), que está en pleno debate en la Asamblea Nacional.

El proyecto de ley original, que justamente establece la despenalización del consumo de drogas en cantidades mínimas, fue  remitido el 12 de octubre de 2011 por el Ministerio de Justicia, pero no fue aprobado en la Asamblea anterior. Sin embargo, la urgencia de la ley fue ratificada por el presidente Correa, para el actual período legislativo.

Finalmente, la resolución del Consejo Directivo del Consep dispone  “la incorporación dentro del nuevo Plan Nacional de Prevención Integral de Drogas 2013-2017 de los resultados del análisis técnico de toxicidad, estudios sicológicos, biológicos y otros necesarios sobre la tenencia de sustancias estupefacientes y psicotrópicas para el consumo personal”. La resolución entró en vigencia tras su aprobación.

LA ESTRATEGIA HA FRACASADO

Adrián Bonilla, experto de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (Flacso), en entrevista con  “El poder de la palabra” de ecuadorinmediato.com, afirmó que en América Latina hay suficientes estudios  que, entre otras cosas, prueban que la estrategia para combatir las drogas fundamentada en la prohibición ha fracasado. “No se ha reducido el consumo, los temas de salud pública siguen iguales”, dijo.

Aseguró que el hecho de regular el consumo de drogas afectaría a la economía del narcotráfico, ya que la rentabilidad viene dada por su condición de ilegalidad. Consideró que Ecuador está en capacidad de enfrentar este tema.

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