El CNE designa a las juntas provinciales para elecciones
El Consejo Nacional Electoral (CNE) designó a los vocales principales de las Juntas Electorales de las 24 provincias del país para los comicios de 2013.
Estos organismos estarán conformados por cinco vocales principales y suplentes, quienes llevarán adelante el proceso electoral en su respectiva jurisdicción.
En el artículo 35 del Código de la Democracia se establece que las juntas regionales, distritales y provinciales son entidades desconcentradas con jurisdicción en su área de influencia. Su funcionamiento y duración serán reglamentados por el CNE.
Entre las competencias que le corresponden a las juntas están designar al presidente y vicepresidente entre los vocales principales; escoger al secretario general; calificar las candidaturas de su jurisdicción y realizar los escrutinios de los procesos electorales en su jurisdicción.
También tienen que designar a los vocales de las juntas intermedias de escrutinio y de las juntas receptoras del voto; vigilar la gestión de la respectiva delegación en el proceso electoral, mantener informado al CNE; conocer y resolver las objeciones y correr traslado de las impugnaciones presentadas a su conocimiento sobre la calificación de candidaturas, los resultados numéricos y la adjudicación de escaños.
En el caso de los recursos electorales, deben organizar el expediente y remitirlo al Tribunal Contencioso Electoral; disponer el conteo manual de votos, en caso de ser necesario y cumplir los encargos y delegaciones dispuestas por el CNE.
Para el nombramiento de las juntas provinciales electorales se estableció que ninguno de los vocales tenga impedimentos para su cargo, como ser afiliado a un partido político, ser dirigente o directivo de una tienda política, tener sentencia ejecutoriada, tener deudas con el Estado, entre otras inhabilidades. En un plazo de tres días los ciudadanos pueden impugnar fundamentalmente a los vocales principales y suplentes.