Supertel ordena la suspensión de nuevo servicio de TVCable
“El consumidor tiene derecho a recibir información veraz, clara, oportuna sobre los servicios que le oferten para poder ejercer su derecho a elegirlos libremente, además la entrega de dicha información se constituye en obligación del proveedor”, indica parte del artículo de la Ley Orgánica de Defensa del Consumidor.
La ley es clara, indica María José Fernández, delegada provincial de Guayas de la Defensoría del Pueblo, quien afirma que los usuarios y consumidores son grupos de atención prioritaria, por lo tanto el Estado debe garantizar por todos los medios que se dé equidad entre ellos y los proveedores de servicios públicos y privados. “Yo soy la que decido, a mí la compañía no me va a decir si quiero o no el servicio.
El que elige realmente ese servicio adicional es el que lo va a pagar y no la empresa. Esto no se puede manejar tan a la ligera”, recalca la funcionaria en alusión a las compañías que sin el consentimiento de los clientes facturan servicios que no fueron contratados.
Fernández señaló que si un usuario no ha dado su expreso consentimiento para gozar de otros beneficios “no se le puede cobrar ni un centavo más por esa situación”.
La ley en su artículo 55 señala que está absolutamente prohibido al proveedor enviar al consumidor cualquier servicio o producto sin que éste lo haya solicitado.La defensora provincial del pueblo asegura que en los últimos días han recibido una serie de denuncias físicamente y a través de las redes sociales en contra del Grupo TvCable. Las denuncias son por cobros sin consentimiento.
Entre enero y febrero la Defensoría del Pueblo de Guayas receptó 224 denuncias por vulneración de derechos de los usuarios de las operadoras de telefonía móvil, compañías de televisión pagada, instituciones financieras y locales comerciales. Varias denuncias fueron realizadas en el Twitter de la Defensoría del Pueblo.
“Si un proveedor le indica que desde el próximo mes va a cobrar un valor por un nuevo servicio y para variar le dice que si en tantos días no lo cancela se considera como aceptado, en ese momento está empresa vulnera los derechos de los usuarios”, indica Fernández, quien informa que para el próximo jueves fueron citados los representantes del Grupo TV Cable para que respondan por las denuncias de los usuarios del servicio.
Por otra parte, la Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel) analizó el documento entregado por el Grupo TvCable a sus clientes, el cual entre otros aspectos señala que a partir del 1 de marzo del 2013, la empresa pone a su disposición “Diversión Garantizada”, un nuevo servicio prestado por empresas especializadas en seguros de vida, seguros de equipos y seguros de desempleo, sin costo en marzo de 2013, pero con un valor adicional a partir del 1 de abril en la factura entregada al cliente. Además se mencionaba que “en caso de no recibir una comunicación de su parte tomaremos como aceptadas las condiciones de este servicio".
Al respecto, para pronunciarse sobre este caso la Supertel analizó las consideraciones jurídicas establecidas en la Constitución de la República del Ecuador, la Ley Especial de Telecomunicaciones y la Ley Reformatoria a la Ley de Radiodifusión y Televisión.
La Supertel dispuso al Grupo TvCable la suspensión inmediata y definitiva de la oferta de los servicios de seguros de vida, seguros de equipos y seguros de desempleo, así como cualquier cobro que por este concepto se realice, excepto que exista solicitud o aceptación expresa por parte del consumidor.