LOS CONTRIBUYENTES PODRÁN REGISTRAR CUENTAS DE TERCEROS
SRI habilita otra vía para los pagos
El Servicio de Rentas Internas (SRI) habilitó una nueva forma de pago para los contribuyentes que por algún motivo tengan impedimentos en la apertura de cuentas en el sistema financiero nacional o mantengan intermediarios para la administración de sus fondos.
Ellos podrán solicitar al ente recaudador el registro de una cuenta bancaria perteneciente a una tercera persona, siempre y cuando tengan la autorización expresa del titular de la cuenta y se justifique la relación que mantiene con el contribuyente.
Para el registro se deberá ingresar en las ventanillas de la secretaría del SRI una solicitud formal que incluya un formulario de autorización para el débito de la cuenta del tercer involucrado.
Un certificado bancario original donde conste el nombre y número de identificación del propietario de la cuenta.
Y, fotocopia del documento de identificación del contribuyente o de su representante legal, en caso de ser una persona jurídica, y del propietario de la cuenta.
Para conocer más detalles del nuevo servicio, así como las instituciones financieras habilitadas, el usuario puede comunicarse al teléfono 1700-774-774 o en el portal www.sri.gob.ec. (I)