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Ecuador, 09 de Enero de 2025
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El Telégrafo
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Proyecto de ley económico tiene remisión de intereses

La ley económica incluye beneficios para la construcción de vivienda social en Ecuador.
La ley económica incluye beneficios para la construcción de vivienda social en Ecuador.
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La ley económica del presidente Lenín Moreno tiene tres pilares importantes: la remisión de intereses, multas y recargos; los incentivos para inversiones privadas (exoneraciones de 2 impuestos), y los beneficios para la construcción de vivienda social en el país. Esto se lee en el documento que entregó Moreno a la titular de la Asamblea, Elizabeth Cabezas, el 24 de mayo.

El proyecto, que aún no pasa por la secretaría del Legislativo, fue bautizado con un nombre extenso: Ley Orgánica para el fomento productivo, atracción de las inversiones, generación de empleo y estabilidad del equilibrio fiscal. Tiene 45 artículos, cuatro capítulos y reforma a 18 normas.

El primer capítulo detalla la remisión de intereses, multas y recargos de obligaciones tributarias, fiscales y aduaneras. Dispone la remisión del 100% de intereses, cuya administración  y recaudación le corresponde al Servicio de Rentas Internas (SRI).

Establece los plazos para los contribuyentes que quieran beneficiarse: 90 días para las empresas, con un promedio de ingresos durante los 3 últimos años mayor a 5 millones de dólares. Además, hay remisión de intereses y un plazo de 90 días  para los contribuyentes del Régimen Impositivo Simplificado (RISE).

La iniciativa contempla la remisión a impuestos vehiculares, matriculación e infracciones de tránsito. Esto vale para los impuestos administrados por el SRI (vencidos al 2 de abril de 2018). Los deudores tendrán 90 días para  pagar el saldo del capital. El SRI podrá otorgar facilidades de pago hasta por 1 año.

Reduce intereses, multas y recargos de las obligaciones patronales en mora con el IESS hasta el 2 de abril de 2018. Estos van del 50% al 99%, con plazos de 90 días hasta 2 años. Pero no incluye a los fondos de reserva, préstamos quirografarios, prendarios e hipotecarios.

En el capítulo II están los incentivos para atraer nuevas inversiones privadas: exoneración del Impuesto a la Renta por 10 años para las inversiones productivas fuera de la capital y del puerto principal.  

Exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) en pagos al exterior por importaciones de bienes de capital y materias primas para nuevas inversiones. Además, los contribuyentes que reinviertan en activos productivos el 50% de sus utilidades,  estarán exentos del pago del ISD.

Y las nuevas inversiones que se realicen en el sector industrial serán exoneradas del Impuesto a la Renta por 10 años. Se ampliarán por 5 años, si son en cantones fronterizos del país. (I)

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