Entrevista / Eugenio Paladines / Gerente General de la COSEDE
"Patrimonio del Seguro de Depósitos asciende a $ 1.307 millones"
Eugenio Paladines (foto), gerente general de la Corporación del Seguro de Depósitos, Fondo de Liquidez y Fondo de Seguros Privados (Cosede), presentó los resultados más recientes de la labor de su institución.
¿Cuál es el rol de la Cosede como parte de la Red de Seguridad Financiera?
La Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera, del 30 de diciembre de 2008, extingue a la Agencia de Garantía de Depósitos (AGD) y crea a la Corporación del Seguro de Depósitos como instancia medular de la Red de Seguridad Financiera. Como parte de esta Red, la Cosede tiene como principales responsabilidades administrar dos de sus cuatro mecanismos de seguridad financiera: el Seguro de Depósitos, que asciende a $ 1.307 millones, y el Fondo de Liquidez, que tiene un valor de $ 2.292 millones.
Desde su creación en diciembre de 2008, ¿cómo ha sido la labor de la entidad hasta la fecha?
La Cosede se crea con la responsabilidad de administrar el Seguro de Depósitos del sector financiero privado. Luego, con la promulgación de la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria, de mayo de 2011, se le atribuye la responsabilidad de administrar el Seguro de Depósitos del sector financiero popular y solidario. Y, con el Código Orgánico Monetario y Financiero, de septiembre de 2014, pasa también a administrar el Fondo de Liquidez del sector financiero privado, del sector financiero popular y solidario y el Seguro de Seguros Privados. Durante su gestión ha sabido administrar con responsabilidad y transparencia cada uno de estos mecanismos.
Por ejemplo, el Fondo de Liquidez era de $ 138 millones en 2008 y actualmente asciende a $ 2.292 millones.
¿Cuál es la importancia del Seguro de Depósitos?
Es un mecanismo de seguridad financiera que brinda a la ciudadanía la confianza de que sus depósitos están bien protegidos. La ciudadanía debe conocer que el 99% de los depositantes del sector financiero privado tiene depósitos menores a $ 32.000, que es el monto máximo de protección del Seguro de Depósitos de este sector. En el popular y solidario los montos de cobertura van de $ 1.000 a $ 32.000 dependiendo del segmento de cada cooperativa de ahorro y crédito. Con esos montos, el 97% de los depositantes tiene asegurado el 100% de sus ahorros.
¿Cómo se alimenta y cuál es el patrimonio que tiene este seguro?
Es relevante conocer que el patrimonio del Seguro de Depósitos pasó de $ 126 millones en septiembre de 2009 a $ 1.307 millones en la actualidad. Este seguro se alimenta principalmente de las contribuciones de las propias entidades financieras y los rendimientos de las inversiones que se realizan con los recursos acumulados (...) mientras que la AGD garantizó los depósitos con los recursos de todas y todos, vía los célebres bonos AGD que se financiaron a través de emisión monetaria inorgánica realizada por el supuestamente autónomo Banco Central del Ecuador (BCE).
¿Cuántas personas se han beneficiado de este Fondo?
Desde 2008 hasta el momento se han beneficiado del Seguro de Depósitos los clientes de 2 bancos (Territorial y Sudamericano) y de 34 cooperativas de ahorro y crédito (Coopera, Tungurahua, Acción Rural, etc.,). Por concepto del Seguro de Depósitos se ha pagado $ 83 millones que ha beneficiado a 346.331 depositantes.
En cuanto al Fondo de Liquidez, ¿cuál es su objetivo?
Brindar créditos de liquidez a entidades del sector financiero que lo soliciten, siempre y cuando cumplan con los requerimientos de buena administración existentes. Estos son: mantener su patrimonio técnico dentro de los niveles exigidos y haber administrado su liquidez de conformidad con las regulaciones existentes.
¿Qué tipo de operaciones activas puede realizar este Fondo?
El artículo 338 del Código Orgánico Monetario y Financiero norma las operaciones activas del Fondo de Liquidez y establece las siguientes principales: créditos ordinarios, cuyo plazo será de un día hábil, se utilizan para compensación en el Sistema de Pagos Interbancario que administra el BCE; créditos extraordinarios, que no podrán exceder el plazo de 365 días; y, las demás operaciones debidamente autorizadas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera. (I)