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Los gremios sugieren analizar a profundidad los cambios que se proponen en la Ley de Solidaridad

Nueva disposición plantea que abogados ayuden a identificar las firmas offshore

El titular del Colegio de Abogados de Pichincha, Ramiro García, informó que se declararán en resistencia ante disposición reformatoria tercera de la nueva ley.
El titular del Colegio de Abogados de Pichincha, Ramiro García, informó que se declararán en resistencia ante disposición reformatoria tercera de la nueva ley.
Foto: Álvaro Pérez/El Telégrafo
21 de mayo de 2016 - 00:00 - Redacción Actualidad

Un debate se ha iniciado con la disposición reformatoria tercera de la Ley Orgánica de Solidaridad y de Corresponsabilidad Ciudadana para la Reconstrucción y Reactivación de las Zonas Afectadas por el terremoto del 16 de abril de 2016, publicada ayer en el Registro Oficial.

La normativa, actualmente vigente, añadirá al artículo 102 de la Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno que habla sobre la responsabilidad de los auditores externos, promotores, asesores, consultores y estudios jurídicos, la obligatoriedad “a informar bajo juramento a la Administración Tributaria (...), un reporte sobre la creación, uso y propiedad de sociedades ubicadas en paraísos fiscales o jurisdicciones de menor imposición de beneficiarios efectivos ecuatorianos”.

En el caso de incumplir con esta disposición se sancionará con una multa de hasta 10 fracciones básicas desgravadas de impuesto a la renta, “sin perjuicio de las responsabilidades penales a que hubiera lugar”.

En este contexto, ayer el presidente del Colegio de Abogados de Pichincha, Ramiro García, en una entrevista con el programa ‘El poder de la palabra’ de Ecuadorinmediato, rechazó la norma porque -en su opinión- la misma es inconstitucional, ilegal y atenta en contra del ejercicio de sus funciones en lo que respecta al sigilo profesional.

Anunció que han pedido por escrito al presidente de la República, Rafael Correa, que vete dicha disposición específica, puesto que no tiene nada que ver con el objetivo de la ley recientemente aprobada. Y en el caso de que no se escuche su pedido, presentarán una demanda de inconstitucionalidad. Por el momento han exhortado a que el gremio ejerza su derecho a la resistencia, no acatando dicha disposición.

Frente a esto, el asambleísta Fausto Cayambe defendió su propuesta, aclarando que no se afecta el sigilo profesional de los abogados, ya que no se pide que los promotores, asesores, consultores y estudios jurídicos den toda la información sobre las actividades alrededor de la constitución de las empresas en paraísos fiscales, sino que informen solo sobre la constitución de una empresa en un régimen fiscal preferente y el uso de la misma.

“Veo que el doctor García no ha leído bien. En la Comisión se discutió y se decidió que no se reporten todas las actividades porque ahí sí se podía haber afectado, por eso planteamos que solo digan si se ha constituido una empresa en paraísos fiscales y para qué se constituyó, nada más”.

La disposición es parte -según Cayambe- de ir generando mecanismos de control frente a la fuga de capitales a los paraísos fiscales y “los abogados, asesores tributarios y estudios jurídicos tienen que ayudar para que el Servicio de Rentas Internas conozca qué firma offshore ha sido constituida, en qué paraíso fiscal y para qué va a ser utilizada”.

Por lo tanto, la norma iría en la misma línea de la Ley de Compañías, que en su artículo 131 establece la obligación de inscribir la nómina “completa de los socios de la compañía, con indicación del nombre, apellido, domicilio y monto del capital aportado”.

Además la resolución NAC-DGERCG12-00777 del Servicio de Rentas Internas (SRI) determina a las sociedades ecuatorianas a presentar un anexo de accionistas, partícipes, socios, miembros de directorio y administradores.

El presidente de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador y del Colegio de Abogados del Guayas, Jimmy Salazar, expresó a este medio de comunicación que luego de las respectivas reuniones del directorio de los 2 gremios, se consideró la posibilidad de solicitar la derogación de la medida porque aunque no sea inconstitucional como afirmó García, sí podría vulnerar la confidencialidad del profesional del derecho con su cliente.

Salazar explicó que el Código Orgánico Integral Penal (COIP) en su artículo 179 sanciona la revelación del secreto profesional con una pena privativa de la libertad de 6 meses hasta un año.  El apartado 335 del Código Orgánico de la Función Judicial prohíbe a los abogados revelar “el secreto de sus patrocinados, sus documentos o instrucciones”, por lo tanto los abogados que acaten la disposición reformatoria tercera de la Ley de Solidaridad pueden caer en una ilegalidad.

Aclaró que no “es cuestión de estar en contra o a favor” de la norma, pero no considera correcto que existan confusiones en las competencias que tienen los abogados en la conformación de una estructura offshore: “El abogado no sabe a qué se va a dedicar la empresa. El profesional hizo una tramitación para que pase de ‘A’ a ‘B’ persona, pero de ahí el objetivo que tenga en sí la empresa es de única responsabilidad de los accionistas”.

Tanto Salazar como Cayambe reconocen que la constitución de una empresa offshore no es ilegal, sino el uso que se le dé a la misma. Diario EL TELÉGRAFO presentará el próximo lunes un reportaje sobre las diversas formas en las que se pueden utilizar las firmas en paraísos fiscales.

El titular de la Federación Nacional de Abogados del Ecuador saludó el objetivo de transparentar la información societaria de los grupos económicos, pero considera que dicha competencia le corresponde a la Superintendencia de Compañías y a los registros de la propiedad, “porque el abogado no está en esa línea de informar los actos privados que se producen entre particulares”.

La Judicatura cree que existen mejores vías para la transparencia

El presidente del Consejo de la Judicatura (CJ), Gustavo Jalkh, también se pronunció ayer sobre la disposición reformatoria tercera durante una capacitación de medios sobre el Código Orgánico General de Procesos (Cogep), y aunque felicitó el fin loable de la norma, que es transparentar, dijo no estar de acuerdo y que se podrían buscar otras medidas para alcanzar el mismo objetivo.

Jalkh explicó que cada persona es responsable de sus actos, entonces a “esas personas responsables de sus actos hay que pedirles rendición de cuentas. Creo que lo que busca la ley es loable: la transparencia, pero creo que hay otros medios y en principio no estoy de acuerdo con ese medio de obligar a un asesor que declare en contra de su cliente”.

Para el titular de la CJ, una vía adecuada serían las declaraciones juramentadas del propio investigado. La Judicatura no presentará ninguna propuesta sobre la disposición, ya que el ámbito tributario no está en su campo. (I)

DATOS

El 3 de abril pasado el Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación (ICIJ por su sigla en inglés) publicó una investigación denominada Los papeles de Panamá.

En un inicio se mencionó a 3 ecuatorianos implicados, sin embargo, han ido apareciendo más nombres conforme los medios y también las entidades del Estado han investigado.

Luego de varias críticas, el ICIJ decidió difundir información sobre 214 mil empresas creadas por Mossack Fonseca y domiciliadas en 38 jurisdicciones.

En dicha base de datos, el número de ecuatorianos incrementó de 3 a 928 directivos de 1.852 empresas offshore vinculadas al país, 325 intermediarios, de los cuales al menos 90 serían estudios jurídicos y consultoras.

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Superintendente se refiere al tema

Paraísos fiscales "atentan contra la democracia"

“La fuga de capitales, visibilizada a raíz de los papeles de Panamá y las empresas offshore, es todo un problema para la normativa en general en el mundo, no solamente de legislación, regulación antimonopólica, sino bancaria, tributaria, respecto a lavado de activos”, destacó el superintendente de Control del Poder de Mercado, Pedro Páez.

En entrevista con ‘El Poder de la palabra’  de Ecuadorinmediato.com, Páez fue más allá al advertir que representa “un peligro terrible para la institucionalidad, el desarrollo económico y la seguridad nacional. Los paraísos fiscales están ahora en una etapa superior a la que, inclusive, estaban hace 10 años”.

Indicó que en el caso del Ecuador, es un sacrificio a su desarrollo y que el problema que existe es que si el Gobierno mejora la normativa y las revisiones, se dice que “estamos exacerbando la fuga de capitales”. Destacó que “sí se puede controlar, pero parte del problema que tenemos es el tabú que se da, sobre todo, a nivel de los economistas”.

De allí que consideró que es imperioso no solo el tema de una nueva arquitectura financiera, sino y especialmente generar nuevas arquitecturas financieras domésticas que controlen la fuga de capitales, que eviten que los “grandes bolsillos” puedan sacar los recursos. “Esto de los paraísos fiscales plantea unos frentes de vulnerabilidad que son incontrolables. Son mecanismos que atentan contra la democracia”, resaltó. (I)

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