El ejecutivo tiene 30 días para pronunciarse sobre el proyecto aprobado por la Asamblea
Los usuarios insatisfechos podrán terminar contratos con operadoras (Infografía)
La nueva Ley de Telecomunicaciones, que fuera aprobada el martes por la Asamblea Nacional, no solo establece un procedimiento de pago por concentración de mercado para las empresas que utilizan el espectro radioeléctrico, sino que reconoce los derechos que tendrán los abonados, clientes y usuarios de servicios del sector.
El presidente de la Comisión de Gobiernos Autónomos, Richard Calderón, señala que esta normativa era necesaria, ya que a los clientes de las diferentes operadoras que brindan este servicio “nunca se les protegieron sus derechos a recibir servicios de calidad”.
La ley en su artículo 22 establece que los abonados, clientes y usuarios tendrán derecho a disponer y recibir los servicios de telecomunicaciones contratados de forma continua, regular, eficiente, con calidad y eficacia.
También que “los ciudadanos podrán escoger con libertad al prestador del servicio, el plan tarifario, así como la modalidad de contratación y el equipo terminal en el que recibirán los servicios contratados; tendrán derecho además al secreto y la inviolabilidad de sus datos; privacidad y protección de los datos por parte del prestador con el que contraten servicios; disponer gratuitamente de llamadas de emergencias; no permitir el redondeo; controlar las tarifas a través de techos establecidos por la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCT)”.
Los usuarios también tendrán derecho a recibir información precisa, gratuita y no engañosa sobre las características de los servicios y sus tarifas.
Otros de los derechos que ampara el articulado es a la portabilidad numérica, acceso a mecanismos y procedimientos para reclamar, neutralidad tecnológica (esto es que no se pueda impedir o promover el uso de determinados programas en las redes).
Un tema importante es que permite la terminación unilateral de los contratos cuando no exista satisfacción por parte del usuario al no recibir consumos masivos o individuales, aún cuando fue firmado por un año o más y sin tener que cancelar dinero adicional. Será posible además obtener de manera gratuita información de planes, tarifas y precios, saldos y otros servicios informativos.
Estos aspectos fueron resaltados por varios legisladores como Alexandra Ocles (PAIS), quien dijo que la normativa está en concordancia con lo que determina la Constitución. Agregó que la normativa vigente no dice nada sobre los derechos de quienes usan los servicios de telecomunicaciones.
De su parte, la asambleísta Zobeida Gudiño, también de PAIS, dijo que uno de los derechos destacables es la obligatoriedad que tendrán las empresas de entregar información en el idioma de relación intercultural-predominante del abonado, cliente o usuario, es decir, “tendrán el derecho a ser informados en su idioma de origen”.
Pago por uso del espectro
Uno de los temas que mayor debate causó durante el proceso de socialización en el pleno del parlamento fue el pago que deberán hacer las empresas de telecomunicaciones por la concentración de mercado.
Según Richard Calderón, esta disposición se sustenta en lo que determina el artículo 304 de la Constitución, que plantea que se deberá evitar el oligopolio y monopolio del mercado, por lo cual se determina que las empresas tendrán que entregar la información contable, la fijación de techos tarifarios, precios asimétricos, limitaciones en la comercialización de servicio y uso de equipos terminales, fijación de cargos de interconexión, obligaciones a compartir infraestructura.
“Lo más importante es que se establece en el artículo 34 el pago por concentración de mercado que va desde el 30% en adelante con un pago de 0,5% de los ingresos totales hasta un 9%”, dijo. La recaudación de estos valores será trimestral y la realizará la ARCT, de conformidad con la regulación.
Al respecto, el legislador Luis Fernando Torres (CREO - PSC- MG) mencionó que se está cambiando de manera unilateral el contenido de los contratos que las prestadoras de servicio de telecomunicaciones firmaron con el Estado, y de manera específica de telefonía móvil, lo que es improcedente e ilegal y no debió aprobarse. Espera que se tomen los correctivos que sean del caso, bajo su condición de colegislador.
Desde el sector empresarial y de trabajadores de telefonía móvil, también se critica este artículo. Roberto Aspiazu, representante de la Asociación de Empresas de Telecomunicaciones (Asetel), manifestó que no es procedente cambiar los términos de los contratos, ya que esto afecta a un sector que ha invertido en el país y lo sigue haciendo. Insistió en que la seguridad jurídica es pieza fundamental para que la inversión se mantenga.
Criterio similar sostuvo Franco Fernández, vocero de los trabajadores de la empresa Conecel (Claro), quien reiteró que no es procedente que se cambien los contratos, ya que las cláusulas que constan en los mismos no pueden ser reformadas de manera unilateral por una de las partes.
Fernández insistió en que se está a la espera del pronunciamiento del Ejecutivo; sin embargo, no descartó que de mantenerse la norma se presenten acciones legales en contra del Estado ecuatoriano. “Existió preocupación en cuanto a esta medida por el equilibrio económico de los contratos, pero al revisar las cláusulas de estos, tanto en la 28 como en la 37 se establece que el Estado puede adoptar medidas para regular la competencia en el mercado de telecomunicaciones”, aseveró Richard Calderón.
Acceso a la tecnología
El proyecto garantiza el acceso a las tecnologías de la información y comunicación (TIC) en el país, a todas las personas más allá de su condición socioeconómica, por lo que se mantiene el cobro del 1% de los ingresos totales a los prestadores de servicios de telecomunicaciones, lo que permitirá que existan los recursos para invertir en infraestructura, equipamiento, y para mejorar los servicios en las zonas rurales, en las instituciones educativas, y brindar apoyo para el sector productivo.
El proyecto de ley contiene 148 artículos, 4 disposiciones generales, 9 transitorias, 2 derogatorias y 5 finales.
La Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel) analizó las tarifas de internet fijo dedicado del primer semestre de 2014, y determinó que las mismas experimentaron, en promedio, una disminución con respecto al año 2013.
Los planes tarifarios de internet fijo dedicado residencial más económico corresponde a las velocidades de transmisión entre 500 Kbps y 1 Mbps, compartición 8:1, cuya tarifa promedio es de $ 24,59 al 2014, mientras que en 2013 fue de $ 29,80.
Según la Supertel, los planes tarifarios de internet fijo dedicado residencial, entre el rango de velocidad de transmisión hasta 5 Mbps han experimentado un decremento con respecto a los años 2012 y 2013, esto se debe a que son planes tarifarios más económicos, comunes y demandados por los clientes residenciales.
TARIFAS DE INTERNET
La Superintendencia de Telecomunicaciones (Supertel) analizó las tarifas de internet fijo dedicado del primer semestre de 2014, y determinó que las mismas experimentaron, en promedio, una disminución con respecto al año 2013.
Los planes tarifarios de internet fijo dedicado residencial más económico corresponde a las velocidades de transmisión entre 500 Kbps y 1 Mbps, compartición 8:1, cuya tarifa promedio es de $ 24,59 al 2014, mientras que en 2013 fue de $ 29,80.
Según la Supertel, los planes tarifarios de internet fijo dedicado residencial, entre el rango de velocidad de transmisión hasta 5 Mbps han experimentado un decremento con respecto a los años 2012 y 2013, esto se debe a que son planes tarifarios más económicos, comunes y demandados por los clientes residenciales.
El organismo recomienda a la ciudadanía reportar los inconvenientes que tuvieren en el uso de los servicios de telecomunicaciones, radiocomunicaciones, radiodifusión y televisión a su Centro de Información y Reclamos (CIR), llamando gratis desde un teléfono fijo al 1800 567 567, a la dirección de correo electrónico:[email protected] al número corto 159 (opción 2), de la Función de Transparencia y Control Social (FTCS).