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Ecuador, 24 de Diciembre de 2024
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El Telégrafo
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Legislación moderniza el combate a la pesca ilegal

La normativa busca el desarrollo de la industria a través de los principios de sostenibilidad y sustentabilidad, consagrados en la Constitución de la República.
La normativa busca el desarrollo de la industria a través de los principios de sostenibilidad y sustentabilidad, consagrados en la Constitución de la República.
Foto: Archivo / El Telégrafo
20 de febrero de 2020 - 00:00 - Wellington Molina

La Ley de Acuacultura y Pesca, aprobada por unanimidad este 18 de febrero en la Asamblea Nacional, es una herramienta que permitirá superar la alerta que la Unión Europea (UE) emitió a Ecuador para que fortalezca el combate a la pesca ilegal.

La norma, además de regular al sector artesanal e industrial, fortalece la lucha contra la pesca ilegal no declarada y no reglamentada.

La nueva ley también responde a una necesidad de las organizaciones que pedían que se modernizara la normativa que regía desde hacía 46 años.

La actualización era importante porque la actividad pesquera es altamente dinámica y cambia por factores oceanográficos, climatológicos y ecosistémicos. Adicionalmente, la acuacultura no estaba regulada.

La pesca y la acuacultura representan alrededor del 38% de las exportaciones no petroleras del país y son un sustento para la economía ecuatoriana.

Combate a la pesca ilegal

“La pesca ilegal es el verdadero enemigo del sector pesquero”, explica Andrés Arens, viceministro de Acuacultura y Pesca. “Depreda el recurso y lo vende en un precio muchísimo menor, porque no tiene los costos del pescador formal y legal”.

Esta problemática le costó al país un llamado de atención con observaciones por parte de la UE, que solicitó el 30 de octubre de 2019, “intensificar su lucha contra la pesca ilegal”.

Su comunicado advertía que si no solventaba los problemas detectados, las exportaciones hacia ese bloque correrían el riesgo de detenerse.

El Viceministro sostiene que la nueva ley permite tener normas claras adaptadas a regulaciones internacionales para que Ecuador pueda competir en condiciones de igualdad y con estándares mundiales.

El proyecto ingresó a la Asamblea Nacional el 26 de agosto. Pero el Viceministerio de Pesca, paralelamente, analizaba las observaciones encontradas en auditorías de la Dirección General del Mar de la UE (DG MARE) y presentan ya algunos avances.

Entre estos se destacan normativas para la importación de pesca como producto; es decir, que su ingreso sea en contenedores. También se aprobó otra norma referente a la nacionalización o abanderamiento de buques pesqueros (importación).

Así mismo se han reforzado normas de control y se ha dispuesto que se cumplan las medidas del Acuerdo de Estado Rector del Puerto, que es un instrumento de la Organización de las Naciones Unidas para desalentar y mitigar la pesca ilegal.  

En la práctica se aplican con más énfasis los programas y acuerdos interinstitucionales en el principio de gobernanza. Lo que permite que las instituciones del Estado colaboren entre ellas.

Para ello también se constituyó un Comité Interinstitucional conformado por la Vicepresidencia de la República, Cancillería, ministerios de Comercio Exterior, Economía, Transporte y Aduana.

El ente rector es el Ministerio de Comercio Exterior a través del Viceministerio de Acuacultura y Pesca, que tiene la competencia del control de la actividad pesquera. Mientras que la Dirección Nacional de los Espacios Acuáticos (Dirnea) y la Armada del Ecuador son los encargados de brindar la seguridad en alta mar.

Sanciones de la nueva ley

La norma aprobada este martes tiene un régimen sancionatorio basado en dos principios: el debido proceso que le garantiza la defensa y el de proporcionalidad en la infracción cometida.

El artículo 217 determina multas a la actividad pesquera artesanal que van de leves, que corresponden a un salario básico unificado (SBU); a muy graves, con multas de entre seis y diez SBU. El artículo 218 establece sanciones para las embarcaciones industriales. La leve es de 5 a 30 SBU, hasta las muy graves de 201 a 1.500 SBU.

Adicionalmente a las sanciones monetarias se contemplan decomisos de especies hidrobiológicas, arte pesquera o productos de uso prohibido y retiro de incentivos. Las especificaciones para la aplicación de estas penas se definirán en un reglamento.  

Gabriela Cruz, presidenta de la Federación Nacional de Cooperativas Pesqueras del Ecuador, indicó que las sanciones no les preocupan. “Si yo como pescador artesanal o industrial voy a cumplir las reglas del juego, no tengo por qué temer a las sanciones”.

Explicó que los pescadores artesanales están obligados a tener un dispositivo de monitoreo satelital (DMS), seguro pesquero, seguro social y radio. “Ningún pescador puede salir a la faena si no cuenta con estos requisitos”, indicó Cruz.

Arens añadió que las multas graves son para embarcaciones de bandera extranjera y barcos apátridas o piratas que pescan  dentro del territorio nacional sin autorización. “Este tipo de multas no afectará a la flota nacional”.

Instituto de investigación

Entre los hitos de la ley está la creación del Instituto de Investigación de la Acuicultura y Pesca. El presidente de la Comisión de Soberanía Alimentaria, Lenín Plaza, explicó que se establecen normas específicas, “puesto que esta clase de entes ya están regulados por la Ley Ingenios”.

Añadió que se prevé que este instituto se encargue de un banco de recursos genéticos. Por su parte, Arens dijo que se creará un fondo para que el Instituto tenga los recursos suficientes para sus investigaciones. (I)

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