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El Telégrafo
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La tierra improductiva será entregada a campesinos

La tierra improductiva será entregada a campesinos
28 de enero de 2014 - 00:00

En una parte de la agenda legislativa que se estableció para el próximo período de sesiones, que iniciará el 28 de febrero, está el tratamiento de la Ley de Tierras, propuesta presentada el 20 de marzo de 2012 y que aún no ha sido tramitada ni en primer debate.

Sin embargo, la Comisión de Soberanía Alimentaria ya inició el trámite del proyecto de ley y conformó subcomisiones, una de las cuales, presidida por el asambleísta Mauricio Proaño, ya ha elaborado un informe para que sea conocido en el pleno.

Proaño indicó que el proyecto de ley que llegó al Parlamento es la Ley de Tierras y Territorios, pero los miembros de la subcomisión separaron los dos temas y “establecieron exclusivamente que se trate la Ley de Tierras, mientras que lo que se refiere a territorios pase a la Comisión de Derechos Colectivos para que sea incluido en la Ley de Comunas”.

Dijo que la decisión de separar los temas tiene un sustento técnico, pero la última palabra es de la Comisión que se reunirá el 29 de enero, al tiempo de explicar que esta posición se debe a que el manejo de territorios ancestrales e indígenas tiene otro contexto diferente a la normativa de tierras privadas o del Estado. Si esta parte de la ley se cambia no habría consulta prelegislativa por la Ley de Tierras.

“Se entregó ya la propuesta de ley y en la cual ya no se incluyó territorios por el contexto señalado. Por ejemplo, en la tierra privada uno puede hacer sociedad, tener escrituras propias e individuales, vender tierras, pero en los territorios ancestrales e indígenas eso no cuadra, ya que son indivisibles, imprescriptibles”, acotó Proaño.

Con respecto al tema del tamaño de las tierras, aseveró que no se puede pensar en una reforma agraria como la de la década del 60, en la que el objetivo era la división de la tierra, mientras que en la nueva ley lo primordial es la productividad que tiene que ver con las características de producción de los suelos, fertilidad, altitud, posibilidades de comercio, vías, entre otras.

Informó que en este sentido, en la propuesta se establece la unidad de producción familiar, donde, según el ecosistema, una familia puede recibir dos salarios básicos, tener una utilidad, un ingreso para poder trabajar sus tierras.

Minifundio y latifundio
En la normativa el minifundio se elimina poniendo una unidad mínima en el país, mientras que en lo relacionado al latifundio se determina lo que señala la Constitución.

En lo relacionado al latifundio, la ley determina que las propiedades deben cumplir una función social y ambiental, sobre todo las que sobrepasan el rango del censo que son en la Sierra más de 100 hectáreas, en la Costa más de 200 hectáreas y en la Amazonía más de 500 hectáreas.

Un latifundio es una explotación agraria de grandes dimensiones, caracterizada además por un uso ineficiente de los recursos disponibles. Mientras que minifundio es una finca rústica de extensión tan reducida que dificulta su explotación.

“No es que se las retira, sino que entran en un análisis de si cumplen con la función social y ambiental, en caso de que no sea así se les da un plazo para que mejoren la productividad. En el momento de que no cumplan con los aspectos que se requieran dentro del plazo establecido, viene una afectación, pero no una cualquiera, sino que el dueño del predio se pone de acuerdo con el Estado para comprarlo, y con el dinero que está en el Fondo de Tierras, que establece la ley, se compra la propiedad y se entrega a organizaciones campesinas que quieran trabajarla”, aclaró Proaño.

El dirigente de la Confederación Nacional de Organizaciones Campesinas, Indígenas y Negras (Fenocin) y presidente del Parlamento Andino, Pedro de la Cruz, indicó que conoce que en la Comisión de Soberanía Alimentaria se decidió separar el tema de Territorios de la Ley de Tierras, así como el de eliminar los límites que se establecía para la tenencia de la tierra, que, según la propuesta inicial, establecía que en la Costa y Amazonía el límite máximo de tenencia sea de 500 hectáreas, en la Sierra de 200 y que los extranjeros solo puedan tener hasta 100 hectáreas. Toda propiedad que supere esa extensión será considerada latifundio.

De la Cruz espera que la ley cumpla con lo que dice la Constitución, como limitar el latifundio, el acaparamiento de la tierra y que sirva para la expropiación de las que no son cultivadas o que no cumplen la misión ambiental y social.

“Nosotros lo que queremos es que la revolución agraria se haga realidad en el país, más aún que este año es el de la agricultura familiar campesina y comunitaria”, aseguró.

Aseguró que quienes presentaron la propuesta desean que se realice la consulta prelegislativa, porque hay tierras productivas que también pertenecen a comunas y que las comunidades indígenas tienen derechos colectivos.

“Por lo tanto debería haber la consulta prelegislativa en el marco de la Constitución y el dictamen de la Corte Constitucional”, agregó.

“Es importante que no se confunda el tema de tierras con el de territorios, sin duda el proyecto de ley debe tratar por separado los dos temas, por eso para nosotros primero es apoyar la Ley de Tierras, luego se analizaría la de Territorios y de comunas”, sostuvo el dirigente de la Coordinadora Nacional Campesina, Rómulo Gualán.

“Eso debe estar separado, los territorios son circunscripciones territoriales y en este sentido no está hablando de la propiedad privada, sino van a nivel de territorios en el marco general, por lo que no se puede confundir lo que es la propiedad privada con propiedad comunitaria, son temas distintos y en base de eso hay que desarrollar sus contenidos”, explicó Gualán.

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