Los deudores del bnf, como los agricultores, podrán aplicar a la norma
La banca debe $ 346,6 millones en impuestos
Desde ayer hasta el 28 de julio de este año un total de 1’905.656 contribuyentes -entre personas naturales y sociedades- podrán cancelar sus obligaciones ahorrando el 100% de intereses, multas y recargos, luego de que el martes fue publicada en el Registro Oficial la Ley de Remisión, Intereses, Multas y Recargos.
La norma rige sobre impuestos nacionales administrados por el Servicio de Rentas Internas (SRI), tributos locales dirigidos por los Gobiernos Autónomos Descentralizados y créditos del Banco Nacional de Fomento (BNF). La ley da la oportunidad de regularización a los contribuyentes que, por diversos motivos, mantienen deudas tributarias que incluso corresponden a periodos fiscales anteriores.
La cartera total del SRI asciende a $ 6.173 millones, de los cuales el 50,2% corresponde a intereses por mora, multas y recargos tributarios. Las sociedades son las principales deudoras del Estado ecuatoriano con cifras que superan los $ 5.700 millones.
Los contribuyentes del SRI que deseen beneficiarse de esta ley deberán pagar el total del capital del impuesto adeudado. Si el pago se realiza dentro de los primeros 60 días, la remisión de los intereses, multas y recargos será del 100%, mientras que si el pago se efectúa desde el día 61 al 90 será del 50%.
La Ley de Remisión aplica solo para las deudas pendientes de pago que debían cumplirse hasta el 31 de marzo de este año.
El Impuesto a la Renta (IR) de sociedades de abril de 2015 y las retenciones realizadas a terceros determinadas por el SRI no aplican.
En caso de existir inconsistencias en la información de la deuda, el contribuyente debe acercarse a la oficina del SRI más cercana.
La entidad tributaria tiene previsto recaudar $ 800 millones extras durante este año, lo que significaría un ahorro de $ 400 millones por los desistimientos de los procesos judiciales.
En el articulado de la Ley de Remisión también se establece que los clientes del Banco Nacional de Fomento con préstamos de hasta $ 15 mil, obtenidos hasta el 31 de marzo de este año, se beneficiarán con esta ley.
El 95% de los deudores tienen valores pendientes con montos menores a $ 5.000.
Si el agricultor cancela el capital, su deuda queda totalmente saneada y no pagará la totalidad de los intereses, multas o costas procesales. Pero en cambio si no cuenta con los recursos para pagar el capital, en un plazo máximo de 180 días deberá acercarse a las oficinas del BNF para renegociar su deuda.
5 bancos, con más obligaciones pendientes
Las sociedades privadas son las principales deudoras con más de $ 5.700 millones. Un total de 106.726 empresas podrían aplicar la ley, entre ellas los 23 bancos del país que mantienen deudas con el SRI por $346,6 millones en impuestos.
Entre intereses, multas o recargos, las entidades financieras adeudan $ 169,4 millones, cifra que dejarían de pagar si se acogen a la remisión. Los bancos que más obligaciones pendientes -entre deuda en firme e impugnada- son Pichincha, Internacional, Solidario, Guayaquil y Pacífico, con $ 190,2 millones, $38,5 millones, $ 35,6 millones, $34,4 millones y $ 14,2 millones, respectivamente.
De las 23 entidades registradas en la Superintendencia de Bancos y Seguros (SBS), 8 no tienen deudas pendientes (ver infografía).
Lo bancos que más recursos adeudan al fisco son también los que más ganancias netas reportaron en 2014; entre las 5 entidades acumularon $ 220,8 millones. El año pasado las utilidades de las 23 instituciones financieras fueron de $334,7 millones, un crecimiento del 24,8% en comparación con 2013 ($268 millones).
¿Cómo realizar el trámite?
Las impugnaciones son los actos que pretenden modificar, revocar o invalidar un acto administrativo. Los contribuyentes que tengan sus deudas impugnadas ante el propio SRI o los Tribunales de Justicia del país deberán realizar el desistimiento, por lo que el contribuyente acudirá al juez a cargo con un escrito que exprese su deseo de concluir el litigio para acogerse a la remisión, adjuntando el pago total del capital del impuesto.
Al acogerse a la remisión se disminuirán los costos judiciales de quienes se encuentren en litigio de deudas con el SRI. (I)
DATOS
Con 109 votos a favor, el 28 de abril de 2015, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó la Ley de Remisión, Intereses, Multas y Recargos, que rige sobre impuestos nacionales administrados por el Servicio de Rentas Internas, tributos locales administrados por los Gobiernos Autónomos Descentralizados y créditos del Banco Nacional de Fomento.
Con la aprobación del cuerpo legal, las personas que mantengan impuestos impagos con el SRI, así como haberes con los Gobiernos Autónomos Descentralizados y el Banco Nacional de Fomento, tendrán un plazo de 90 días laborables, a partir de la publicación de la ley en el Registro Oficial, para ponerse al día en sus deudas y beneficiarse de la remisión.
Quienes quieran beneficiarse deberán pagar el 100% del capital de su deuda.