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El Telégrafo
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Jubilados y pensionistas pueden solicitar acumulación de décimos hasta el 31 de mayo

Foto: Captura de pantalla del Instituto Ecuatoriano de  Seguridad Social.
Foto: Captura de pantalla del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social.
20 de mayo de 2015 - 17:01

El Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) informó que los jubilados y pensionistas podrán solicitar la acumulación de sus décimas tercera y cuarta pensión hasta el 31 de mayo.

La institución informó que de 371.171 pensionistas por vejez, invalidez, viudedad y orfandad y riesgos de trabajo registrados a la fecha en el IESS; 197.078 personas realizaron solicitudes de acumulación de sus décimas tercera y cuarta pensión; es decir más del 50%.

La acumulación de décimos para estos grupos sociales se realiza vía internet o por solicitud física. 

A continuación, los 2 trámites, según el IESS: 

Vía internet

Quienes deseen hacer la solicitud vía internet deberán ingresar a www.iess.gob.ec "Solicitud en línea acumulación de décimos" realizar los siguientes pasos:

Clic en "Solicitud en línea acumulación de décimos"

Registre el número de la cédula de ciudadanía y la clave electrónica con la que realiza las diferentes transacciones electrónicas o consultas en la página del IESS.

A continuación se desplegará la solicitud y sus datos personales.

Escoja una o más de la prestación que recibe y que desea acumular:

Jubilación

Montepío

Riesgos de Trabajo

Automáticamente su solicitud quedará registrada. Sus décima tercera y cuarta pensión serán acumuladas.

No necesita entregar en las oficinas del IESS el documento en físico.

Solicitud física

Además de la opción digital (vía internet), también puede hacer personalmente, por lo que deberá acudir de 08:00 a 17:30, a retirar, llenar y dejar el formulario en físico, en las oficinas del IESS ubicadas en las Subdirecciones Provinciales de Pensiones del IESS, a escala nacional, hasta el 31 de mayo de 2015.

Es preciso aclarar que este trámite es únicamente para los pensionistas por vejez, invalidez, viudedad, orfandad y riesgos de trabajo, amparados por la Ley de Seguridad Social.

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