Tame suspenderá vuelos a Nueva York desde el 1 de febrero
Mediante un comunicado, Tame EP anunció que a partir del 1 de febrero de 2019 suspenderá temporalmente su ruta Quito y/o Guayaquil-Nueva York (Estados Unidos).
La medida se realiza en cumplimiento de la Resolución N° 05/2018 de la Dirección General de Aviación Civil.
La firma informó que la suspensión se realizará hasta siete frecuencias semanales por el lapso de un año.
Añadió que 2019 es un año de transición operacional y de implementación de nuevo modelo de negocio. Por ello, apunta a fortalecer el mercado doméstico y reducir la operación internacional, volando en rutas que permitan generar rentabilidad financiera y social.
En esa línea, la suspensión se realiza fundamentalmente por dos motivos. El primero, porque finalizó el contrato de arrendamiento de aeronave Airbus 330.
El avión entrará a un mantenimiento estructural entre febrero y marzo, de cara a su devolución temprana, tomando en cuenta que el contrato de arrendamiento finaliza en julio de 2019.
La empresa añadió que su modelo de optimización apunta a renovar y homologar su flota y, a futuro, retomar rutas suspendidas con aeronaves más modernas, con un mejor producto y mejor calidad de servicio para sus pasajeros.
El segundo motivo, detalló Tame, es porque la ruta no ha generado rentabilidad para la aerolínea. "Fue abierta sin los estudios técnicos adecuados, sin considerar un avión adicional de respaldo que permita solventar problemas operacionales y proteger adecuadamente nuestros usuarios", detalla el comunicado.
También señaló que más de $ 40 millones son la acumulación de pérdidas de una operación que fue observada por la Contraloría General del Estado y que generó glosas para los servidores que la aperturaron en su momento.
La resolución sobre la suspensión dispone que la Dirección de Inspección y certificación Aeronáutica de la Dirección General de Aviación Civil, tiene la obligación de controlar que a la finalización del plazo "la Empresa Pública TAME EP reactive la operación de la ruta, frecuencias y derechos suspendidas de su permiso de operación e informe del particular al Consejo Nacional de Aviación Civil, para los fines pertinentes".
La Dirección General de Aviación Civil será la encargada de dar cumplimiento a dicha resolución a través de los respectivos procesos institucionales. (I)