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Fallo a favor del OCP perjudicaría al Estado

Fallo a favor del OCP perjudicaría al Estado
20 de septiembre de 2013 - 00:00

El Servicio de Rentas Internas (SRI) presentará una Acción de Protección en contra del fallo emitido por la Sala de lo Contencioso Tributario de la Corte Nacional de Justicia (CNJ) a favor de la compañía Oleoductos de Crudos Pesados (OCP), que podría ocasionar un perjuicio al Estado de 252’315.610,75 dólares.

Tras reiterar que una de las grandes falencias en la institucionalidad del Estado ecuatoriano ha sido, a lo largo de su historia, la administración de justicia, el titular del SRI, Carlos Marx Carrasco, explicó que, en clara contradicción a fallos sobre casos similares, se dio la razón a la petrolera en uno de los siete juicios que tiene pendientes en la CNJ.

Indicó que el 18 de julio de este año la Sala emitió un fallo respecto del proceso que sigue el SRI por el no pago del Impuesto a la Renta que, incluidos los intereses, alcanza los 17’590.241,21 dólares, lo cual es “preocupante” porque la decisión judicial carece de fundamento y estaría en clara contradicción con la norma constitucional del país.

Carrasco destacó que en la Corte aún están pendientes otros seis juicios contra la misma empresa, por lo que, de sentarse jurisprudencia con este primer fallo, el perjuicio al país alcanzaría los  $ 252 millones.

La investigación del SRI determinó que OCP no pagó el Impuesto a la Renta entre el 2003 y el 2009, pues usó un mecanismo conocido como “subcapitalización”, ya que la compañía OCP Ltda., domiciliada en  Islas Caimán (un paraíso fiscal) y conformada por Andes Petroleum, Repsol YPF, Perenco, Petrobras y Occidental, creó  OCP Ecuador, en donde las transnacionales petroleras también son socias.

El organismo tributario detectó que la compañía de Islas Caimán aprobó un crédito para su filial en Ecuador por $ 465 millones con un interés del 18%, tomando en cuenta que OCP Ltda. recibió un préstamo de $ 900 millones de bancos alemanes a un interés del 4%, operación inusual para el SRI.

En un comunicado, OCP indicó que  es una empresa ecuatoriana privada que opera desde noviembre de 2003 y que se trata del segundo oleoducto más grande del país, con una extensión de 485 kilómetros y  destinado únicamente al transporte de crudo pesado.

Aseguran que el oleoducto se construyó íntegramente con inversión privada que alcanzó los $ 1.474 millones, “sin participación económica ni riesgo alguno” para el Estado ecuatoriano.

Este monto también fue observado por el Director del SRI, quien señaló que el proyecto, a su inicio, tenía un costo de $ 500 millones en el gobierno de Gustavo Noboa; sin embargo, para la primera presentación subió a $ 700 millones, después se planteó un valor de $ 800 millones; y finalmente costó $ 1.474 millones. “Es decir, que se triplicó el valor del proyecto”, aseveró.

Carrasco dijo que interpondrá una queja ante el Consejo de la Judicatura contra los magistrados Gustavo Durango y José Suing, quienes emitieron el fallo de mayoría. No descartó, a futuro, interponer una acción penal por el cometimiento de un presunto delito de prevaricato.

A su juicio, la Sala de lo Contencioso Tributario de la CNJ debió remitir los precedentes judiciales de casos idénticos para que, según lo previsto en el artículo 185 de la Constitución, el Pleno de la CNJ emitiera jurisprudencia al respecto en un plazo de 60 días.

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