Entidades pueden ejecutar compras públicas por estado de excepción
En un comunicado, el Servicio Nacional de Contratación Pública (Sercop) dio a conocer que después de la declaratoria del estado de emergencia sanitaria por el coronavirus (covid-19), las entidades contratantes pueden ejecutar procedimientos de compras públicas que se enmarquen en ese estado de excepción.
De existir procedimientos que no sean prioritarios, el Sercop recomendó la cancelación o declaratoria de desierto.
“El Servicio Nacional de Contratación Pública, en coordinación con los Entes de Control, viene realizando una supervisión estricta y permanente al 100% de los procedimientos de contratación pública, que se ejecuten bajo la modalidad de emergencia, con el objetivo de salvaguardar el buen uso de los recursos públicos”, explicó el Sercop en un comunicado.
Por ese motivo, instalaron una Mesa Técnica junto a los ministerios de Salud Pública y Economía y Finanzas, con el fin de monitorear y asesorar en las contrataciones del sector salud.
El Servicio de Contratación recalcó que las declaratorias de emergencia deben incidir directamente en el sistema de salud. Así, aclaró que las declaratorias que no correspondan a resolver la emergencia sanitaria serán notificadas a los entes de control, para que apliquen la normativa vigente, correspondiente a estos casos.
Para transparentar la información, el Sercop puso a disposición en su página web, un micrositio donde se alojan todas las Resoluciones que dan inicio a los procedimientos de contratación pública por emergencia. (I)