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El límite para deducir el Impuesto a la Renta no puede sobrepasar el 50% de los ingresos ni el tope, que es de $ 14.521

Enero, mes para las proyecciones de gastos

Enero, mes para las proyecciones de gastos
Foto: Internet
22 de enero de 2016 - 00:00 - Redaccion Economía

En 2016, Juan Jiménez ganará un poco más de $ 1.500 mensuales, con ese sueldo él deberá declarar el Impuesto a la Renta. Pero puede deducir sus gastos personales, correspondientes a salud, educación, vivienda, alimentación y vestimenta.

Uno de los procesos que deben realizar todos los trabajadores en relación de dependencia, como Jiménez, es la presentación del formulario de proyección de gastos personales. Este trámite se hace en enero de cada año.

El documento debe registrar los montos que posiblemente se destinen a los rubros mencionados. En el caso de Jiménez, destina $ 250 mensuales a la alimentación familiar; $ 164 a un crédito educativo de su esposa y $ 500 para arriendo.

Entre sus planes está cambiarse de casa, por eso entre julio y agosto de este año (2016) debe actualizar la información, puesto que trabaja bajo relación de dependencia.

El formulario está en página web  www.sri.gob.ec . En el documento, que se encuentra en formato Excel, se debe registrar los datos de identificación,  el ejercicio fiscal, que en este caso es 2016, la ciudad, el año, el mes y el día en que se entrega el formulario.

En las celdas 103 y 104 deben incluirse los ingresos anuales en relación de dependencia, con uno o más empleadores, sin restar el descuento de su aportación al Seguro Social y sin tomar en cuenta la decimotercera y decimocuarta remuneraciones. En el caso de Jiménez, debe indicar que sus ingresos serán $ 18.000, es decir su sueldo $ 1.500 multiplicado por 12 meses que tiene el año.

De las celdas 106 a la 110 debe registrar los gastos personales, tomando en cuenta los montos máximos a deducir (ver recuadro).

La deducción de gastos puede ser hasta el 50% de sus ingresos gravados, sin sobrepasar el límite establecido para 2016: $ 14.521.

Para respaldar cada uno de los gastos efectuados en el año los sujetos de retención deben guardar todos los comprobantes de venta que están a su nombre. En el caso de Jiménez, también los de su esposa. Además, entran los gastos de hijos menores de edad.

Esta proyección ayuda cada año a conocer la retención mensual del Impuesto a la Renta y así planificar los gastos del hogar.

El SRI aprobó la tabla para la liquidación del Impuesto a la Renta de Personas Naturales. En el documento se especifica que la fracción básica imponible es de $ 11.170, los ciudadanos que perciban estos ingresos deben realizar también la proyección, aunque no se tenga que pagar un porcentaje, pues grava con 0%.

Existen varios limitantes al momento de reportar los gastos personales, por ejemplo, la deducción total por gastos personales no podrá superar el 50% del total de los ingresos. Para vivienda se contempla $ 3.630,25, que puede ser arriendo, intereses del préstamo hipotecario o impuesto predial; en educación el monto es el mismo y se incluyen matrícula, pensión, útiles, textos, cuidado infantil, uniformes, educación para personas con discapacidad.

En alimentación entran consumos en restaurantes y pensiones alimenticias, vestimenta tiene el mismo rubro. Solo en salud se permite deducir el total $ 14.521. (I)

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