La Cámara de Comercio de Guayaquil pide la exoneración del pago este año
"El pago del anticipo del IR no absorbe liquidez"
A través de redes sociales, la Cámara de Comercio de Guayaquil (CCG) emprendió desde el pasado 4 de enero una campaña virtual para solicitar la eliminación, por este año, del pago del anticipo del impuesto a la renta (IR) al sector empresarial. El argumento es que de esta manera las compañías tendrían liquidez para enfrentar el año.
A día seguido, el 5 de enero, el presidente de la República, Rafael Correa, respondió el pedido del gremio recordando que el pago anticipado del IR “fue una medida adoptada por el Gobierno para luchar contra la evasión generalizada que existía en el país”.
El anticipo se cancela en dos partes, en julio y septiembre, según el noveno dígito de la cédula o el RUC. Desde 2010, este tributo constituye, para las sociedades, un pago mínimo no sujeto a devolución.
Según estimaciones de la CCG, la eliminación del anticipo representaría “un respiro” para la economía local de al menos $ 350 millones, lo cual serviría a las sociedades para enfrentar un año que se presenta con dificultades.
Ximena Amoroso, directora General del Servicio de Rentas Internas (SRI), en entrevista con EL TELÉGRAFO, explicó que el pago anticipado del IR representa apenas el 9% de toda la recaudación nacional.
En 2014, el anticipo cancelado por el ejercicio fiscal 2013 fue de aproximadamente $ 380 millones de los $ 4.273 millones recaudados por IR.
Lo recaudado por IR en 2015 asciende a $ 4.833 millones, de los cuales cerca de $ 434 millones corresponderían a anticipo, que según Amoroso, permite regular posibles planificaciones o evasión. “Es una herramienta positiva que ha servido a la administración tributaria para mejorar el tipo impositivo-efectivo de las empresas”, recalcó, tras anotar que el objetivo es alivianar el pago acumulado para las empresas a través de dos pagos.
Citando datos del SRI, Amoroso explicó que en los últimos 6 años se ha efectivizado el cobro del anticipo. Las empresas pasaron de pagar alrededor del 0,4% por IR a 1,9% en 2014, lo cual evidenciaría un mejoramiento sustancial del comportamiento empresarial sobre la carga tributaria.
La eliminación o exoneración del pago de este tributo puede ser facultada únicamente por el Presidente de la República, vía Decreto Ejecutivo, para apoyar a un sector económico que haya sido declarado en emergencia como ocurrió en 2015, beneficiando a cerca de 10.000 personas, en diferentes áreas, lo que representó alrededor de $ 37 millones.
Otro de los argumentos de la Cámara para sustentar su solicitud es que varias empresas podrían no generar ganancias debido al contexto económico, por lo que no se justificaría el pago del anticipo.
Amoroso respondió que en caso de ocurrir aquello, existe la opción de solicitar la devolución del anticipo cada tres años. “Cualquier sociedad lo puede pedir y tiene que demostrar que ha tenido alguna afectación grande. Esto no ha pasado”, aseveró la directora.
Por otro lado, los empresarios pueden acogerse a la exoneración o disminución del pago del anticipo a través de varias normativas (Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno, Código de la Producción, Ley de Alianzas Público-Privadas), como parte de los incentivos para el mantenimiento y generación de empleo.
Desde el Ministerio Coordinador de la Producción, Empleo y Competitividad se propone conceder durante el 2016 la exoneración del pago del anticipo del IR a sectores con una drástica disminución en sus ingresos, siempre que mantengan o incrementen su número de trabajadores mientras dure el referido beneficio.
En los próximos días el SRI prevé divulgar los resultados de 3.288 encuestas realizadas a 100 empresas, a las cuales se les consultó sobre los temas que más les preocupan, que servirán a la entidad para mejorar su colaboración con el sector. (I)
DATOS
La Ley de Asociación Público-Privada permite el no pago del IR durante los 10 primeros años que se generen ingresos operacionales.
En 2015 la exoneración del anticipo se aplicó a los sectores de cultivo de palma, café y atún, a nivel nacional. Además se otorgó el beneficio a los sectores comercial, de transporte y agrícola de Carchi.
El empleador que incremente el número de trabajadores podrá deducirse el 100% adicional el monto de sus remuneraciones y aportaciones al Instituto de Seguridad Social (IESS), siempre que el trabajador se mantenga al menos seis meses consecutivos en su cargo.
Estarán exentas del pago del anticipo las actividades relacionadas con proyectos tecnológicos y forestales sin ingresos gravables, según el Código de la Producción.