Ejecutivo propone facilidades de pago para contribuyentes
Los contribuyentes que se acogieron a las facilidades de pago previstas en la Ley de Fomento Productivo o al plan excepcional de pagos establecidos en la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria y que no hayan cumplido con estas obligaciones, podrían acogerse a nuevas facilidades de cancelaciones.
En el proyecto de Ley de Apoyo Humanitario, el Ejecutivo propone que ambos casos no se consideren como incumplimientos y que el Servicio de Rentas Internas (SRI) active medidas para ayudar a estas personas.
Marisol Andrade, directora del SRI , dijo en su comparecencia ante la Comisión de Desarrollo Económico de la Asamblea Nacional que para el primer caso se propone permitirles cancelar el valor total del capital adeudado hasta septiembre de 2020.
Andrade recordó que a este beneficio se acogieron 3.650 contribuyentes de micro y pequeñas empresas.
En enero quedó pendiente un saldo de $ 20.898 correspondientes a estos pagos; en febrero, $ 356.000 y en marzo, $ 1’241.000.
En el segundo caso, para quienes no cumplieron con algunas cuotas del plan excepcional de pagos de hasta 12 meses establecido en la Ley de Simplificación y Progresividad Tributaria, se propone que el SRI dé un plazo no mayor a 12 meses.
Desde el 1 de enero los contribuyentes que tenían valores pendientes de impuestos retenidos o impuestos percibidos tenían 45 días hábiles para pedir esta facilidad de pago.
5.956 personas solicitaron acceder al beneficio. El saldo que se gestionó fue un poco más de $ 90 millones, aseguró Andrade.
De no aprobarse la Ley de Apoyo Humanitario, el 28% de estos contribuyentes (1.594 personas) perderán el plan excepcional por falta de pago y deberán cancelar el valor total de su obligación.
Además de estas propuestas, el Gobierno ya ha tomado medidas para ayudar a los contribuyentes afectados económicamente por la emergencia sanitaria.
Andrade aseguró que el 75% del total de los contribuyentes (más de 1,5 millones de personas) se pueden acoger a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo 1021.
Este dispone el diferimiento a 6 meses del pago del Impuesto a la Renta de las sociedades, que se debía hacer en abril, y del IVA de abril, mayo y junio.
Andrade adelantó que se emitirá un nuevo decreto en el que se incluirán en estos diferimientos, a tributarios pequeños y medianos. Se incluiría a quienes se acojan al Régimen Impositivo Simplificado (Rise).
De este modo se abarcaría al 99% de los contribuyentes. El 1% restante son tributarios grandes, pero no incluye a exportadores, ni de turismo, ni de Galápagos ni del sector agrícola. (I)
Proyecto de ley no afectaría derechos de los trabajadores
Luis Poveda, ministro de Trabajo, aseguró el martes que el proyecto de Ley de Apoyo Humanitario no está en contra de los derechos de los trabajadores. En su comparecencia ante la Comisión de Desarrollo Económico dijo que los colaboradores sí gozarán de su derecho a las vacaciones, por ejemplo, solo que su ejecución se ha adaptado a la realidad actual.
Explicó que se excluyó de la contribución humanitaria a las Fuerzas Armadas y Policía Nacional porque están en primera línea para combatir el virus junto con salud.
Se han recibido 4.526 denuncias de despedido intempestivo. Dijo que esto es ilegal. Manifestó que el Ministerio está mediando para que lleguen a acuerdos.
Se asegurará de que la reducción de salarios en el sector público se pueda aplicar solo para los nuevos contratos. (I)