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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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Ejecutivo emite nuevo instructivo para depósitos de relaves mineros

Ejecutivo emite nuevo instructivo para depósitos de relaves mineros
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Los depósitos de los relaves mineros deben ser construidos aguas abajo. Se prohíbe la aplicación del método aguas arriba. Así lo indica el Instructivo para la Aprobación de Proyectos de Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de Depósitos de Relaves para la Mediana y Gran Minería.

El Ministerio de Energía y Recursos Naturales No Renovables expidió el documento el 15 de julio de 2020. En este se establecen los procedimientos administrativos y criterios técnicos para la aprobación de proyectos de diseño, construcción, operación y mantenimiento de depósitos de relaves.

En estos espacios se colocan residuos metalúrgicos provenientes de concesiones mineras a los regímenes de la mediana y gran minería a escala nacional.

El instructivo tiene ocho criterios técnicos principales que se aplican desde la concepción del proyecto y durante su gestión.

Justamente uno de ellos es que los depósitos se ubiquen hacia aguas abajo. La poza de agua sobrenadante deberá mantenerse lo más alejada posible de la presa, dique o muro de contención con el fin de evitar su saturación. La superficie interior del depósito deberá impedir infiltraciones por fuera del área de implantación. El borde libre hidráulico no podrá ser inferior a dos metros y el borde libre operativo no deberá ser inferior a un metro.

Por otro lado, para la construcción de la presa, dique o muro de contención, el titular minero debe usar materiales con características geomecánicas con base a pruebas de laboratorio.

Durante la construcción, operación y mantenimiento, el titular minero como parte de su Sistema de Aseguramiento y Control de la Calidad, debe realizar la supervisión permanente de todas las estructuras y obras anexas del depósito de relaves.

También se deberán realizar auditorías internas y externas de manera anual, que inspeccionen y evalúen las instalaciones del depósito de relaves respecto de su estabilidad. Estos se deben concebir, diseñar, construir, operar y cerrar considerando todos los riesgos asociados.

De acuerdo con un comunicado de esta Cartera de Estado, en el documento se contemplan requisitos mínimos que debe contener un proyecto de diseño: un sistema de auscultación y monitoreo de la instrumentación con el fin de generar alertas tempranas durante todo el ciclo de gestión del depósito, la implementación de un sistema de gestión de calidad, manuales de construcción, operación y mantenimiento del depósito de relaves, así como un plan de preparación y respuesta ante emergencias.

En el caso de los titulares mineros (de mediana o gran minería) que hayan iniciado la construcción u operación de depósitos de relaves, deberán implementar las disposiciones de este instructivo en un plazo máximo de 18 meses contados a partir de la aprobación del cronograma de ejecución por parte del Ministerio sectorial.

La Agencia de Regulación y Control de Energía y Recursos Naturales No Renovables controlará el cumplimiento del instructivo y establecerá las sanciones por la inobservancia de esta regulación, las cuales podrían llegar a la suspensión de actividades mineras de manera temporal.

El instructivo y sus anexos se encuentran cargados en el siguiente link: https://bit.ly/2WstcUu. (I)

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