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Declaración del IR ya se realiza en 80% a través de la Internet

Declaración del IR ya se realiza en 80% a través de la Internet
02 de marzo de 2012 - 00:00

Las personas naturales  se alistan para  declarar el Impuesto a la Renta (IR) correspondiente al año fiscal 2011 que iniciará el 10 de marzo. La fecha tope de este pago será el 28 de  este mes, en base al último dígito de la cédula (0).

Si los contribuyentes   no cumplen    este trámite tributario  estarán sujetos a multas  del 3% por mes o fracción y al cobro del respectivo interés, que es del 1,021%, durante el primer trimestre.

La declaración de este tributo se la puede realizar en las oficinas del Servicio de Rentas  Internas (SRI) o ingresando sus datos en la página web de la institución www.sri.gob.ec, en el link de Impuesto a la Renta Causado.

A través de Internet, las declaraciones de este tributo se hicieron    en un 80% en 2011. Según Juan Miguel Avilés, titular de la  Dirección Regional Litoral Sur del SRI,   para  2013 se prevé que los trámites serán cero papeles y solo se podrán realizar a través de la página web de la entidad.

En marzo concluirá la forma de pago de impuestos a través de los formularios que se presentan en los bancos, ya que desde el próximo mes y año los contribuyentes solo lo harán electrónicamente. Para lo cual el usuario deberá obtener una clave acceder a los servicios electrónicos y  bajar  el programa DIMM formulario de la web del SRI.

Avilés explicó que a partir del 10 de marzo   vencerán los plazos para presentar  la declaración del IR de las personas naturales. Están obligados a presentar su declaración aquellas personas cuyos ingresos gravados superen la  fracción exenta que para el año 2011 llegaba a la cifra de $ 9.210.

“Si yo tengo ingresos gravados del IR mayores a esta cantidad, no importa cuanto sea mi base imponible, si mis ingresos son mayores a $ 9.210  tengo la obligación de presentar la declaración del IR. Evitemos las multas, presentémonos oportunamente”, subrayó Avilés.

Ana Manosalvas, propietaria de un local comercial de artículos de cuero, ubicado en Quito, manifestó que ya tiene recogida todas sus facturas para acudir al banco con el formulario 102 A para  pagar el IR; tras anunciar que el pago de tal tributo tiene  que ser registrado con  la ayuda del contador del negocio. Pero su interés es hacerlo a tiempo  con el propósito de “no ser multado” y cumplir con la cultura tributaria, que es lo que busca el Gobierno, afirmó.

Al mismo tiempo, dijo que ella está satisfecha por la decisión del régimen de que     paguen   los impuestos    los sectores: productivos, comerciantes, importadores y exportadores, ya que aquellos recursos “van al fisco, para el cumplimiento de obras que requiere el país”.

Los gastos deducibles  son los que tienen relación con: salud, educación, vivienda, alimentación y vestimenta (no incluyen accesorios, carteras, correas, maquillaje).

Para esta declaración, el monto máximo que la Administración aceptará por gastos personales es del 50% de sus ingresos hasta por un máximo de  $ 11.973.

Andrea Pardo, técnica de la institución tributaria, indicó que para la deducibilidad de los gastos personales, los comprobantes de venta deberán estar a nombre del contribuyente, su cónyuge o conviviente, sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan del contribuyente, con el correspondiente número de cédula de identidad.

A la vez recordó a la ciudadanía que tienen la obligación de guardar los documentos de respaldo por “7 años”, debido a que el SRI en cualquier momento puede solicitarlos para comprobar la información que ha proporcionado.

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