Comex incorpora a régimen de salvaguardias bienes tributables de viajeros
El Comité de Comercio Exterior (Comex) resolvió incorporar al ámbito de salvaguardias por balanza de pagos, a los bienes tributables que ingresen por las fronteras terrestres y como equipaje de viajero por vía aérea.
En un comunicado difundido este mediodía, se explica que la medida no afectará a los bienes no tributables o exentos que constan actualmente en la lista de efectos de viajero, como prendas de vestir, artículos de tocador, perfumes (máximo 300 ml), joyas, alimentos procesados, medicamentos de uso personal, entre otros.
Sin embargo, los bienes no exentos que actualmente deben ser declarados al momento en que una persona ingresa al país por vía terrestre o aérea, a través de la declaración aduanera simplificada (DAS), además de pagar el arancel correspondiente, estarán sujetos a la sobretasa de entre el 5% y 45%, según la resolución 11-2015 del Comex, por ejemplo televisores mayor a 24 pulgadas, (por vía aérea), o electrodomésticos como refrigeradoras, por vía terrestre.
La medida, que busca restaurar el dinamismo y la competitividad de las economías fronterizas e impedir el contrabando, entrará en vigencia una vez que se publique en el Registro Oficial. (I)