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La ley establece que, en caso de existir convenios de pago, la totalidad de valores desembolsos se imputará al capital

Ciudadanos ya aplican a la ley de remisión

Ciudadanos ya aplican a la ley de remisión
13 de mayo de 2015 - 00:00 - Redacción Economía

A José Pérez (nombre protegido) la ley de remisión de intereses, multas y recargos que aplica el Servicio de Rentas Internas (SRI) le cayó como una bendición. Los ojos aún se le llenan de lágrimas cuando recuerda lo que un funcionario le dijo: “Usted puede beneficiarse de la ley. De esta deuda ya no debe nada”.

Según sus cálculos, aún debía cancelar más de $ 100.000 para estar al día con la administración tributaria. Ese era un peso que le impedía estar en paz hace 6 años.

Todo empezó cuando el SRI practicó una auditoría de la actividad efectuada por su empresa en 2005 y 2006. Entonces se descubrió que el contador cometió algunos errores, sin respaldo de una parte de los gastos efectuados.

Por ejemplo, los tiquetes de los peajes no servían para justificar parte del gasto de movilización. “Eran necesarias las facturas y no las teníamos”, manifestó. Además, se perdieron comprobantes de venta y otros consumos no eran considerados deducibles. REVISE LA LEY DE REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS Y RECARGOS

Al finalizar el examen especial, el SRI fijó una glosa de $ 202.000 y los intereses empezaron a correr. Hasta el jueves 7 de mayo de 2015 los intereses, multas y recargos sumaban $ 207.000.

“Quisimos pagar, firmamos un convenio de pago con el SRI, pero se presentaron circunstancias difíciles para la familia y suspendimos esos desembolsos”, contó el hombre, que aún se estremece al recordar lo que su familia vivió cuando secuestraron a su hermano y la familia tuvo que pagar un rescate.

El tiempo pasó y los intereses se fueron sumando al capital. En 2013 logró retomar los pagos mensuales y hasta abril de 2015 canceló $ 273.000, según consta en los registros del SRI, indicó Mauricio Lara, jefe nacional del Departamento de Cobro del SRI.

El jueves anterior se acercó hasta las oficinas de la administración tributaria para conocer los alcances de la Ley de Remisión y consultar si podría beneficiarse. Tras realizar las consultas, el funcionario le respondió: “De esta deuda, usted ya no debe nada”.

José logró saldar esa deuda. “Mi vida cambió. Tenía dificultades con los proveedores, la empresa tenía problemas por el flujo de caja y hasta en los bancos teníamos que enfrentar inconvenientes porque nuestra calificación como sujeto de crédito era baja”.

La Ley de Remisión, publicada en el Registro oficial el 5 de mayo de 2015, establece que “se condonan los intereses de mora, multas y recargos causados por impuestos y obligaciones fiscales contenidos en títulos de crédito, actas de determinación, resoluciones administrativas, liquidaciones”.

La norma establece que, en caso de existir convenios de pago, la totalidad de desembolsos efectuados se imputará al capital. (I)

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