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Ecuador, 23 de Diciembre de 2024
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Asamblea pide al IESS que derogue descuento del 2,76% de pensiones jubilares

La resolución contó con 103 votos afirmativos.
La resolución contó con 103 votos afirmativos.
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Por unanimidad (103 votos afirmativos), el Pleno de la Asamblea Nacional exhortó al Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) a que derogue las resoluciones que disponen el descuento del 2,76 % de las pensiones a los jubilados.

La propuesta de exhorto, de la legisladora Cristina Reyes, señala también que la décimo tercera y décimo cuarta pensión se financie con los réditos que generan las inversiones del instituto asegurador.

La resolución del IESS, que viabiliza la retención mensual del 2.76 % de las pensiones, se expidió en mayo de 2009, con la explicación que servirá para financiar su décimo tercera y décimo cuarta pensión.

En su intervención, Cristina Reyes expuso que "esto a todas luces es inconstitucional". Argumentó que el descuento mensual de 8, 10 y 12 dólares es mucho dinero para un jubilado que tiene que comprar su medicina y otros productos para la subsistencia.

Advirtió que dicha resolución viola el artículo 371 de la Constitución, que prohíbe cualquier clase de descuento a las pensiones jubilares, salvo casos expresos de pensiones alimenticias o de obligaciones contraídas a favor de la institución aseguradora.

Manuel Muñoz, representante de la Confederación Nacional de Jubilados y Pensionistas de Montepío, habló de la lucha incansable por defender sus derechos y enfatizó que los cambios en las normas garantizarán la calidad de vida a los jubilados.

El legislador César Solórzano reiteró que el Consejo Directivo del IESS tiene que justificar las razones técnicas para el descuento del 2.76 % y que la Corte Constitucional debe pronunciarse al respecto.

Guillermo Celi calificó de "indignante" e "inhumano" el descuento. Sugirió la comparecencia del Consejo Directivo del IESS para que explique la temática.

Homero Castanier propuso definir acciones legales para que el Consejo Directivo del Seguro Social sea sujeto de control político por parte de la Asamblea Nacional. (I)

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