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La CIDH niega indemnización por máscara

La máscara de oro con ojos móviles de platino, perteneciente a la Cultura Tolita, sería parte de uno de los mayores repositorios del país, el Museo Nacional.
La máscara de oro con ojos móviles de platino, perteneciente a la Cultura Tolita, sería parte de uno de los mayores repositorios del país, el Museo Nacional.
Foto: Agencia Andes
19 de julio de 2017 - 00:00 - Redacción Cultura

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) negó al arqueólogo estadounidense James Judge su pretensión de que el Estado Ecuatoriano lo indemnice con $ 11,8 millones por un proceso relacionado con la máscara de oro y ojos de platino, extraída de la Isla de la Tolita, en la provincia de Esmeraldas. Judge había encontrado esta pieza y otros objetos arqueológicos durante unas excavaciones realizadas en 1967, para las que no contaba con autorización.

La máscara fue declarada propiedad del patrimonio nacional mediante el Decreto Supremo 320 del 6 de mayo de 1975 y encargada su tenencia y mantenimiento al Museo Arqueológico del Banco Central del Ecuador (BCE). La normativa dispuso que la propiedad de la máscara sea de la Casa de la Cultura Ecuatoriana (CCE) sin obligar a que esta entidad pague valor alguno por concepto de indemnización.

El arqueólogo estadounidense alegó que el decreto se aplicó de forma retroactiva y que, sin fundamento, se declaró que la máscara fue extraída en forma ilegítima.

El 7 de mayo de 2001, Judge presentó una petición ante la CIDH, por la presunta violación a sus derechos y a la propiedad sobre la máscara de oro con ojos movibles de platino, alegando que mediante el Decreto Supremo 320 se vulneró su derecho a la propiedad, a garantías judiciales y a la protección judicial.

Tras un proceso que duró casi 16 años, la Procuraduría logró probar que Judge no estaba autorizado a realizar excavaciones en la Isla de la Tolita, y que la máscara de oro con ojos movibles de platino es parte del patrimonio nacional, por lo que al Estado no le corresponde entregar indemnización alguna.

La CIDH determinó que “Ecuador no es responsable por la violación al derecho a la propiedad del señor James Judge” y, por tanto, “no resulta exigible al Estado ecuatoriano el pago de una justa indemnización”. Por otra parte, el organismo internacional recomendó al Estado que adopte “las medidas necesarias para que el señor James Judge pueda contar con una decisión definitiva en el marco del recurso de inconstitucionalidad que presentó en 1993”.

La máscara antropomorfa es de tamaño natural (tiene 23 centímetros de alto). Actualmente se encuentra en la reserva del Ministerio de Cultura y Patrimonio (MCyP) y es considerada una obra de arte extraordinaria en la que se expresa el virtuosismo del conocimiento de la metalurgia en la Cultura Tolita, la cual se desarrolló entre los años 600 a.n.e. y 400.

Un legado en las sombras

Los miembros de la Cultura Tolita fueron destacados orfebres y talladores de piedras preciosas. Además, fueron artesanos y desarrollaron variadas técnicas para la elaboración de textiles, y para trabajar el hueso, el cuero y las plumas.

La pieza, que está en manos del MCyP, irá al Museo Nacional (MN), repositorio cerrado desde octubre de 2015 y sobre el cual esa cartera de Estado aún no ha definido su fecha de reapertura. El MN contiene 1.193 piezas arqueológicas, 389 metales ancestrales, 482 bienes coloniales y republicanos, y 152 obras de arte moderno y contemporáneo. (I)

 

 

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