Un éxodo semejante a los provocados por la guerrilla en Santander, o como el narrado por Moisés en la Biblia, afecta a millones de venezolanos que cruzan las fronteras desesperados, agobiados por el hambre, la incertidumbre y el desprecio de muchos, que los miran como intrusos, otros como a judíos en el imperio egipcio.
Se estima que Colombia encabeza la penosa lista con 6,9 millones de desplazados. Le siguen Siria, con 6,6 millones, e Irak, con 4,4 millones. Ecuador, con una larga tradición para brindar protección a estos hermanos, ha consagrado en su constitución el derecho de asilo y refugio (Art. 41), así como el derecho de las personas que se encuentren en necesidad de protección internacional a gozar de protección especial que garantice el pleno ejercicio de sus derechos.
El numeral 5 del artículo 423 de la Constitución ecuatoriana propicia la creación de la ciudadanía latinoamericana y caribeña; la libre circulación de las personas en la región; las políticas que garanticen los derechos humanos de la personas en las fronteras.
Glidden García Medina