El CPCCS (t) resolvió cesar en funciones a los 9 jueces constitucionales y declaró a la Corte Constitucional en estado de vacancia por 90 días. La figura de la vacancia constitucional no existe en la Constitución ni en la normativa aprobada en la consulta-referéndum del 2018.
La facultad que el CPCCS (t) tenía para evaluar a funcionarios públicos no se extendía a actos cuasidictatoriales. Aquella medida extrema de la vacancia constitucional convirtió al Ecuador en un país en el que impera una cuasidictadura, pues por la acción volitiva de Trujillo y sus acólitos (excepto Xavier Zavala) dejarán de correr los plazos y términos fijados jurídicamente.
El CPCCS (t) tomó la decisión pese a que la Constitución dispone que la Corte Constitucional es el máximo órgano de control, interpretación y de administración de justicia.
El CPCCS (t) con su arbitrariedad ha formulado una nueva “doctrina” en el derecho constitucional: hacer con la Constitución lo que le dé la regalada gana al “constitucionalista” Trujillo y sus monaguillos.
Carlos Humberto Zambrano Zúñiga